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Relator ONU James Anaya realiza oficios ante demanda de organizaciones Mapuche por inconsultos reglamentos indígenas en Chile

“Las representaciones Mapuche manifiestan en una parte de su misiva extendida al Relator y que se envió copia a la Ministra de desarrollo social y Ministro del Medio ambiente: “El ex gobierno que encabezó  Sebastián Piñera, dejó impuesto como últimas gestiones en la materia, dos reglamentos de consulta que recogen dos Decretos Supremos, uno es el N° 66  (15 de Noviembre del 2013) relativo a la consulta en general; el otro es el relativo a proyectos de inversión y de impacto ambiental o Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental N° 40 (30 de Octubre del 2013)… Ambos reglamentos se impusieron sin considerar el consentimiento de Los Pueblos indígenas, con el agravamiento de que no cumplen con los estándares mínimos del derecho internacional  ni con  la finalidad de la consulta, cual es salvaguardar derechos de los pueblos indígenas; por el contrario, son instrumentos que vulneran abiertamente esos derechos”, indicaron.

(Mapuexpress) A principios de Abril, representaciones de organizaciones Mapuche en el centro sur de Chile, entre ellas: Parlamento Mapuche de Koz Koz, Asociación Mapuche Ayun Mapu de Quepe, Lof Mapu Karilafken de Pitrufquen,  la organización política autonomista Mapuche “Wallmapuwen”, el Grupo de trabajo Mapuche por derechos colectivos, la Comunidad Mapuche Huilliche “PEPIUKELEN”, la Comunidad de Historia Mapuche, extendieron una comunicación ante el relator de la ONU sobre Pueblos Indígenas, Sr. James Anaya,   ante la necesidad de que el Estado chileno y en particular el gobierno, derogue dos reglamentos inconsultos que transgreden derechos humanos de los pueblos indígenas, para lo cual solicitaron sus buenos oficios a fin de conminar al Estado para que avance en una implementación objetiva del Convenio 169 de la OIT, recogiendo además las directrices que en ese sentido señala la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Posterior a esto, el relator extiende formalmente a las organizaciones la siguiente comunicación: “Permítame agradecerles por la información que me han proporcionado  con fecha del 1 de abril del 2014 en relación a los Decretos Supremos No. 40 del 30 de octubre del 2013 y No. 66 del 15 de noviembre del 2013. Yo y el personal que me apoya fundamos nuestro trabajo en información importante y oportuna que nos proporcionan los pueblos indígenas, las organizaciones no gubernamentales y otras fuentes. Dicha información es crucial para la eficacia del funcionamiento de mi mandato. La información que se me han presentado será debida y oportunamente considerada. He tomado nota de sus preocupaciones sobre los decretos mencionados y he estado en comunicación con el Gobierno de Chile al respecto”, indicó en parte de su texto el Relator.
Las Organizaciones piden que se cumpla el estándar internacional de Derechos
Las representaciones Mapuche manifiestan en una parte de su misiva extendida al Relator y que se envió copia a la Ministra de desarrollo social y Ministro del Medio ambiente: “El ex gobierno que encabezó  Sebastián Piñera, dejó impuesto como últimas gestiones en la materia, dos reglamentos de consulta que recogen dos Decretos Supremos, uno es el N° 66  (15 de Noviembre del 2013) relativo a la consulta en general; el otro es el relativo a proyectos de inversión y de impacto ambiental o Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental N° 40 (30 de Octubre del 2013)… Ambos reglamentos se impusieron sin considerar el consentimiento de Los Pueblos indígenas, con el agravamiento de que no cumplen con los estándares mínimos del derecho internacional  ni con  la finalidad de la consulta, cual es salvaguardar derechos de los pueblos indígenas; por el contrario, son instrumentos que vulneran abiertamente esos derechos”, indicaron.
Para las organizaciones, los aspectos del procedimiento previo a su dictación evidencian graves vicios, falencias e ilegitimidad, extendiendo una serie de antecedentes que lo evidencian.  Asimismo, uno de los principales puntos de preocupación de las organizaciones Mapuche es que la consulta con respecto a los proyectos de inversión está  sujeta a una doble regulación, toda vez que se establece que  deben ajustarse a los plazos del Reglamento del Sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA), pero cumpliendo con las etapas dispuestas en este nuevo reglamento, sobreponiéndose al Convenio 169 de la OIT a la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos indígenas y a las normas sobre autonomía, desarrollo y participación de las Comunidades.
En esta línea, argumentan que tanto el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, como la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, establecen un estándar específico sobre la obligación de los Estados derivadas del deber estatal de protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras y recursos y que deben ser atendidas e implementadas en toda iniciativa administrativa y legislativa que se quiera aplicar en el País, recordando que laPresidenta Bachelet se comprometió en su programa de gobierno a revisar el reglamento decreto 66 y reglamento decreto 40 (SEIA).

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