San Carlos: ¿Cuál es la situación actual de don Hugo Gebrie, luego que el TER lo suspendiera del cargo de alcalde?
¿Qué significa estar suspendido del cargo?
Luego de ser suspendido del cargo, como alcalde de San Carlos don Hugo Naim Gebrie, solicitó al tribunal, la ampliación del plazo para poder apelar al fallo del Tribunal del Bio Bío.
Gebrie cambió a su defensa y argumentó que su abogado lo habría dejado botado "que no había tenido acceso al expediente oportunamente por la pandemia" Agregó además, "encontrase mal notificado" y por último "que estaba pasando por un cuadro de estrés profundo y por tanto necesitaba una ampliación del plazo para poder apelar"
<>Frente a éste nuevo escenario. Solicitamos a don Ricardo Parra Ortiz, Director de Control de la Municipalidad de San Carlos, para que no detalle cuál es la situación actual don Hugo Naim Gebrie
"El ex alcalde fue notificado el día 29 de mayo, la suspensión del cargo hasta la ratificación del Tricel en Santiago"
"Suspendido significa dejar de pertenecer al municipio con todos sus beneficios y asignaciones. Vale decir no tiene derecho a remuneraciones, no tiene derecho administrar bienes, no tiene derecho a administrar el municipio. Hoy día es un ciudadano más de San Carlos solamente".
"Por otra parte, hay que señalar que el alcalde cambió su defensa del abogado Rodrigo Flores de Santiago, por un abogado penalista de Concepción, don Enrique Hernández. Éste último, hizo una petición de un incidente al Tribunal Electoral, haciendo ver que el alcalde, el ex alcalde, que había sido botado por abogado de Santiago y que no había tenido acceso al expediente oportunamente por la pandemia, así mismo, le informó que estaba pasando por un cuadro de estrés profundo y por tanto necesitaba una ampliación del plazo para poder apelar al fallo del tribunal del Bio Bío. Agregó además, encontrase mal notificado, por lo tanto que no se diera curso a todas las consecuencias que significa ser notificado por el receptor judicial en un domicilio fijado en la ciudad de Concepción".
"Así las cosas. El incidente tuvo traslado, el traslado fue contestado por el abogado de los concejales, que señaló, en la parte que interesa, que no era efectivo que el alcalde no tuviera acceso al expediente, porque el fallo quedó a su disposición a partir del término del juicio para sentencia, desde el mes de octubre del 2019 la fecha y todo lo demás, la relación abogado cliente, es de responsabilidad, en éste caso del demandado, el ex alcalde Gebrie".
Finalmente el tribunal electoral regional, el día de ayer, resolvió mantener la fecha de notificación del Alcalde como válida a partir del 29 de mayo, eso significa que las licencias que ha presentado el señor Gebrie, no son válidas para la administración municipal, el no sigue aquejado de una enfermedad para la municipalidad, sino que se encuentra suspendido de acuerdo a la letra C del artículo 60 y artículo 62, inciso segundo de la ley 18695"
"Ahora bien, en la municipalidad, que responde de una otra manera, a la administración Gebrie, se han encargado de establecer de que el fallo no tiene efecto en materia de suspensión, mientras el secretario municipal no sea notificado por parte del tribunal, lo cual no resulta ser efectivo, y esa es una de las condiciones que establece el abogado para entregar un escrito a la municipalidad el día de ayer, haciendo presente que hará valer todas las acciones legales en sede judicial, por las no aceptación de la licencia o tramitación de la licencia del ex alcalde Gebrie, porque según él, el fallo y la suspensión no opera mientras ésta no sea comunicada al secretario municipal, lo cual efectivamente así no acontece".
"En la definitiva hay que señalar que el ex alcalde Gebrie se encuentra suspendido del Municipio a partir del 29 de mayo, corre el plazo de 45 días corridos para que los concejales, elijan un alcalde suplente, si a esa data, Tricel de Santiago aún no se pronuncia sobre el fallo definitivo y por tanto el concejo tendrá que elegir un nuevo alcalde suplente, a partir del 15 de julio. Eso es lo importante, de que aquí, el incidente que presentó el ex alcalde, nunca estuvo dirigido a revocar el fallo, lo único que se discutió, fue que se plantearon algunas objeciones para la debida defensa, por la falta de tener antecedentes y presentar la apelación".
"Ahora en ésta materia de apelación, el ex alcalde tiene plazo hasta el 19 de junio para presentar su apelación, que fue lo único que concedió el Tribunal Electoral del Biobío, nada más"
"Aquí (San Carlos) se ha señalado que éste señor, estaría preparando una batería de cuatrocientos documentos para mostrar su inocencia y que el fallo, con todo el juicio que se desarrolló por más de un año dos meses, habría sido declarado nulo. Lo cual es absolutamente falso. La instancia de la apelación no constituye un nuevo juicio, tampoco la presentación de nuevas pruebas, sino solamente, la revisión en derecho de lo que resolvió el tribunal electoral del Biobío".
"Es para que la gente entienda que lo ya resuelto por el tribunal hoy día no tiene ninguna posibilidad de comenzar a presentar nuevas pruebas como anda señalando el ex alcalde, tenga se presente. Gracias" Afirmó don Ricardo Parra Director de Control de la Municipalidad de San Carlos.
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