Esta Corte se ha manifestado reiteradamente de manera favorable en orden a revisar el proceso de nombramiento de los miembros de la judicatura, como lo hizo presente al informar el Proyecto de Ley que crea la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales y modifica el sistema de nombramientos en el Poder Judicial, y ha instado por cambios en el sistema, en los procesos constituyentes recientes, particularmente, en lo que se refiere a separar la función jurisdiccional del gobierno judicial".
Ante las diversas publicaciones de los últimos días relativas a presuntas influencias en los nombramientos en los cargos del Poder Judicial, se ha decidido emitir la siguiente declaración pública:
1°.- La Constitución Política de la República contempla la participación de los tres poderes del Estado en el nombramiento de los ministros y ministras de la Corte Suprema, correspondiendo al Poder Judicial la elaboración de una quina, al Ejecutivo efectuar una propuesta y al Senado su ratificación. En el caso de los demás miembros del escalafón primario, el Poder Judicial elabora una terna y compete al Ejecutivo el respectivo nombramiento.
2°.- Sin perjuicio de lo anterior, conscientes de que el sistema constitucional y legal vigente podría permitir algunos espacios de opacidad, esta Corte ha adoptado medidas en aras de velar por la objetividad y transparencia en los concursos para los cargos de jueces y ministros, entre las cuales se han afinado los procedimientos para ponderar, previo cumplimiento de los requisitos legales, la evaluación curricular y trayectoria profesional de los y las postulantes, y, en especial, la celebración de audiencias públicas para escucharlos en igualdad de condiciones. En torno a este punto, el Poder Judicial seguirá trabajando para mejorar la transparencia y rendición de cuentas.
3°.- En el mismo sentido, esta Corte se ha manifestado reiteradamente de manera favorable en orden a revisar el proceso de nombramiento de los miembros de la judicatura, como lo hizo presente al informar el Proyecto de Ley que crea la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales y modifica el sistema de nombramientos en el Poder Judicial, y ha instado por cambios en el sistema, en los procesos constituyentes recientes, particularmente, en lo que se refiere a separar la función jurisdiccional del gobierno judicial, conforme a los acuerdos adoptados en diferentes jornadas de trabajo.
4°.- Por último, el Poder Judicial continuará ejerciendo sus facultades disciplinarias para corregir prácticas o conductas que infrinjan la normativa vigente, con el objeto de preservar su independencia y correcta administración de justicia.
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