Colegio de Periodistas “Justicia militar debiera saber que no tiene atribución alguna para exigir que un periodista revele sus fuentes”
En los últimos días el juez de la IV Fiscalía Militar Rodrigo Acevedo citó a declarar al periodista Mauricio Weibel, autor del reportaje sobre corrupción en el uso de fondos de la Ley Reservada del Cobre, emplazándole revelar sus fuentes.
En la orden profesional calificaron la situación como de “extrema gravedad”, lo cual vulneraría lo establecido tanto en el artículo 7º de la Ley de Prensa como en resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Como una “preocupante situación para el ejercicio de la libertad de prensa y el periodismo de investigación” calificaron desde el Colegio de Periodistas de Chile las acciones que están llevando adelante tribunales militares, en el marco de una investigación sobre corrupción y desvío de fondos de la Ley Reservada del Cobre. El caso, en el cual están involucrados varios oficiales del Ejército chileno, es conocido como “Milicogate”.
Mauricio Weibel, periodista de The Clinic que desde agosto de este año ha publicado una serie de reportajes con reveladores antecedentes sobre la causa, fue citado a declarar el jueves pasado por el juez Rodrigo Acevedo de la IV Fiscalía Militar. El magistrado es el encargado de pesquisar la filtración de información sobre la investigación matriz que lleva la VI Fiscalía Militar, para lo cual en días previos convocó al propietario y representante legal de The Clinic Pablo Dittborn, al director Patricio Fernández y a la editora Andrea Moletto.
Según señalara Weibel, en el interrogatorio la autoridad militar le habría emplazado a revelar sus fuentes.
“Estos hechos son de extrema gravedad. En los tribunales castrenses debieran saber que ningún tribunal, ni civil ni militar, tiene atribuciones para vulnerar la ley, que es muy clara con respecto al derecho que tienen los periodistas, y los directores y editores de medios, a mantener en reserva sus fuentes informativas” expresaron en la organización profesional.
La Ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo establece en su artículo 7 que “los directores, editores de medios de comunicación social, las personas a quienes se refieren los artículos 5° y 6° y los corresponsales extranjeros que ejerzan su actividad en el país, tendrán derecho a mantener reserva sobre su fuente informativa, la que se extenderá a los elementos que obren en su poder y que permitan identificarla y no podrán ser obligados a revelarla ni aun judicialmente”.
Incluso esto tiene implicancias internacionales toda vez que el sistema interamericano de derechos humanos protege el secreto de la fuente. En efecto, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos establece en su artículo octavo que “todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales”.
Ante esto, el Colegio de Periodistas alertó que este tipo de acciones son “preocupantes para el ejercicio de la libertad de prensa y el periodismo de investigación”, ya que en los hechos pueden significar “tanto que los periodistas se coarten de usar este recurso y que quienes tengan información fundamental para develar situaciones en que esté en cuestión el interés público se sientan amedrentados”.
En este sentido se sumaron al llamado de atención que en los últimos días hiciera la organización global Reporteros sin Fronteras, donde expresaron que “la justicia militar no tiene facultades para investigar casos de civiles y, en teoría, sólo debe tratar los expedientes relacionados directamente con el ejército”. Agregaron que “según la versión oficial, estas cuatro personas fueron citadas a comparecer como testigos, pero en realidad fueron convocadas para que revelaran sus fuentes. Esto, a pesar de que Ley de Prensa chilena, al igual que las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) -que el Estado chileno tiene la obligación de respetar- garantizan el respeto del secreto de fuentes”.
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