Corte de Chillán confirma condena de presidio perpetuo por violación de menor en comunas de Ninhue, María Pinto y Alto Hospicio
La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a N.F.M.V. a la pena única de presidio perpetuo, en calidad de autor del delito reiterado de violación de menor de 14 años, ilícito perpetrado entre 2013 y 2017, en las comunas de Ninhue, María Pinto y Alto Hospicio.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Paulina Gallardo García, Érica Pezoa Gallegos y el abogado (i) Fabián Huepe Artigas– ratificó la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“(…) el error en el orden de aplicación de las normas invocado por la defensa, aun de ser considerado tal, carece de la trascendencia necesaria para influir en lo dispositivo de la sentencia en materia de pena, pues al resultado final, presidio perpetuo simple, se llega igualmente bajo una correcta aplicación de las normas que la propia defensa cita, sin que se aprecie un perjuicio real al sentenciado”, consigna el fallo.
Añade que “(…) el tribunal del fondo ha ponderado la prueba sin infringir las reglas de la sana crítica, ha fundamentado su decisión de manera clara y lógica, y ha aplicado correctamente el derecho, por lo que el recurso en todas sus partes debe ser desestimado”.
El fallo de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en fecha indeterminada, a comienzos del año 2013, en la comuna de Ninhue, N.F.M.V., aprovechando que se encontraba al cuidado de la víctima de 9 años, la violó para luego señalar que no le podía decir a nadie, o si no le haría mucho daño a su mamá y que incluso la podía matar. Acciones que repitió en 2014 en reiteradas ocasiones y en distintos lugares de la comuna de María Pinto y luego, el año 2017, en la comuna de Alto Hospicio.

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