No se podrán cazar ni capturar especies de fauna silvestre en una superficie aproximada de 457 mil hectáreas que se encuentran en las regiones de Ñuble y Biobío.
15 de junio de 2021.- Como una excelente noticia para la protección y recuperación de la fauna silvestre que habita en la zona Entre Ríos, comprendida entre las regiones de Ñuble y Biobío, fue calificada por el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), Horacio Bórquez, el nuevo periodo de 20 años de prohibición de caza y captura de especies en esa área de la zona centro sur del país y que abarca casi 457 mil hectáreas, y cuyo decreto fue publicado recientemente por el Ministerio de Agricultura en el Diario Oficial.
La máxima autoridad del SAG destacó que “esta zona ha sido afectada por incendios de gran magnitud que han dañado seriamente la vegetación y, en consecuencia, a la fauna silvestre asociada a ella, lo que nos llevó a solicitar un nuevo periodo de prohibición de caza con el fin de permitir su restablecimiento en la zona y su protección, de acuerdo a lo que establece la Ley 19.473 y su reglamento”.
Esta área prohibida de caza fue establecida en el año 2000 en respuesta al grave daño que ocasionaron los incendios forestales que afectaron la zona en 1999 por su gran extensión, que incluía una gran variedad de ecosistemas, desde los importantes humedales costeros de Concepción y San Pedro, hasta formaciones de bosque nativo dispersas en el sector.
El Director Regional del SAG Ñuble, Eduardo Jeria, destacó que la zona prohibida de caza Entre Ríos es la tercera de mayor extensión de las 23 que existen en el país y llamó a la ciudadanía a contribuir activamente a conservar esta área como santuario de fauna silvestre. “Todas las personas tenemos la responsabilidad de ayudar a proteger a las especies silvestres, respetando la prohibición de caza en esta zona y realizando las denuncias a las autoridades si ello se vulnera”, sostuvo.
Por su parte, el Director Regional del SAG de Biobío, Iván Ramírez, valoró la medida que contribuye a la riqueza de la biodiversidad del área, donde se ha identificado una gran diversidad de especies, tanto protegidas como permitidas de caza. “Es vital considerar que en las zonas prohibidas de caza no se puede cazar ni capturar ninguna especie de anfibios, reptiles, aves o mamíferos silvestres ni tampoco arácnidos, insectos y gasterópodos”, explicó.
Detalles de Entre Ríos
La zona Entre Ríos tiene una superficie total de 456.638,46 ha, de las cuales 114.707 ha se encuentran en la Región de Ñuble y 341.608 ha en la Región del Biobío. El perímetro de esta área se inicia por el norte en la desembocadura del río Itata, continúa hacia el oriente por la ribera norte de dicho río hasta su intersección con la Carretera Panamericana o Ruta 5, a la altura de General Cruz; continúa hacia el sur, por la Carretera Panamericana hasta su intersección con el río Laja a la altura del Salto del Laja; desde este punto continúa por la ribera sur de dicho río hasta su confluencia con el río Biobío y desde ahí sigue por la ribera sur del río Biobío hasta su desembocadura en el Océano Pacífico. Desde ahí, se extiende por la costa hasta la desembocadura del río Itata, cerrando así el perímetro.
En la Región de Ñuble, esta área prohibida de caza comprende las comunas de Coelemu, Ránquil y Quillón, y parte de las comunas de Bulnes y Pemuco. En Biobío, abarca las comunas de Concepción, Chiguayante, Florida, Hualpén, Hualqui, Penco, San Rosendo, Talcahuano, Tomé, Yumbel y, parcialmente, Cabrero.
Las áreas con prohibición de caza son establecidas en sectores donde la diversidad o la presencia de especies amenazadas pueden ser alteradas por la caza, correspondiendo en general a sitios relevantes en cuanto a diversidad de fauna silvestre. Deben poseer una superficie suficiente como para permitir el establecimiento de poblaciones regulares en cuanto al número de individuos. Además, se debe contar con el apoyo de la comunidad local, expresado a través de cartas firmadas por propietarios, municipios, gobernaciones y ONG vinculadas a la temática ambiental que se encuentren efectuando actividades en la zona. El último criterio está representado por la presencia de especies protegidas por convenios internacionales suscritos por nuestro país, tales como Convención de Especies Migratorias (Convención de Bonn), Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Especies de Aves Acuáticas (Convención de RAMSAR) y Convenio de la Diversidad Biológica, entre otros.
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