La oscura “Decisión 43” que firmó Orrego el 2000 para impedir que el diario Clarín volviera a circular
El candidato democracristiano de la lista Unidad Constituyente a la gobernación de la Región Metropolitana, Claudio Orrego Larraín, tiene una larga historia en diversos cargos políticos durante los gobiernos de la Concertación. En el gobierno de Ricardo Lagos fue ministro de Vivienda y de Bienes Nacionales y posteriormente en 2014 asumió como Intendente de la Región Metropolitana con Michelle Bachelet.
Es durante el gobierno de Lagos cuando Orrego cumplió un rol fundamental en una estrategia levantada por aquel gobierno para frenar el juicio del ciudadano español Víctor Pey y la Fundación Presidente Allende (FPA) contra el Estado chileno en el tribunal internacional del CIADI por la restitución de los bienes del diario Clarín, confiscado desde el 11 de septiembre de 1973. La operación en la que participó Orrego no tuvo otra finalidad que impedir que Víctor Pey, dueño del tabloide, lo volviera a sacar a circulación.
El 28 de abril de 2000, el entonces Ministerio de Bienes Nacionales, encabezado por el demócratacristiano Claudio Orrego, emitió la Decisión Nº 43 en la que autorizaba la restitución o indemnización para cuatro personas (o, según correspondiera, a sus sucesiones) por la expropiación del Clarín. Según el gobierno, esas personas eran Darío Sainte-Marie, Ramón Carrasco, Emilio González y Jorge Venegas.
La operación había comenzado un tiempo atrás. La recordada Patricia Verdugo escribió en la desaparecida revista Rocinante que en 1998 el Comité de Inversiones Extranjeras -dependiente del Ministerio de Economía- encargó un estudio en derecho al abogado Enrique Testa sobre el “caso Clarín”. En 1999 se constituyó la sociedad Asesorías e Inversiones S.A. (ASINSA) con dos socios: Isidoro Godorischen Rapaport (yerno de Testa y militante del PPD) y Ronald Youlton Vasen.
Cinco días después de constituida, el 27 de abril de 1999, la sociedad ASINSA compró el 40 por ciento de los derechos hereditarios de la Sucesión de Emilio González González en un millón 600 mil pesos. “¿Qué tenían los herederos de González, muerto en 1991, que ameritara esta compra?” se preguntaba Patricia Verdugo. Nada. Porque no había ningún documento que lo relacionaba con Clarín.
Pero había, claro está, una trampa. La que se abrió cuando el Ministerio de Bienes declaró luego al fallecido González como uno de los propietarios del diario Clarín. De este modo, sólo en esta operación, ASINSA invirtió 1,6 millones y obtendría una ganancia de mil 260 millones de pesos de la época.
Más que una trampa millonaria, como tantos otros casos de corrupción durante los años de esos gobiernos, esta tuvo la función de ser un obstáculo político levantado por las elites del binominal-neoliberal para impedir el surgimiento de un diario popular que impulsara el pensamiento crítico y la reorganización social.
Las investigaciones y los documentos entregados por los querellantes al Tribunal confirman la relación entre el gobierno de entonces y la creación de esta sociedad, cuya finalidad no fue otra que armar un buen artilugio para la compra venta de derechos y sucesiones y suculentas comisiones de por medio para el posterior pago de la indemnización. Años más tarde, cuando el CIADI emitió su fallo, condenó al Estado chileno por haber montado esta trampa como excusa para no cumplir sus compromisos con el acuerdo de protección de inversiones entre Chile y España.
El laudo arbitral, en sus artículos 80 y 448, al respecto constata lo siguiente:
“El 28 de abril de 2000, el Ministerio de Bienes Nacionales dictó la Decisión Nº 43, considerada por las partes demandantes como una nueva confiscación o como una nueva manifestación de la confiscación de sus derechos derivados de su inversión (después de las del 10 de febrero de 1975, el 24 de abril de 1975 y el 25 de noviembre de 1977). Esta decisión se adoptó mientras este arbitraje estaba en curso. (…) la Decisión Nº 43 del Ministerio de Bienes Nacionales (…) otorga una indemnización a personas distintas de las partes demandantes por la confiscación de los bienes de las sociedades CPP S. A. y EPC Ltda”.
El procedimiento de la Decisión 43 puede ser calificado, como lo hicieron algunos observadores, como una «irregularidad». Pero también puede ser un acto propio de alta corrupción, como también atendieron otros observadores. El gobierno de entonces gestionó para que el Fisco chileno le entregara alrededor de diez millones de dólares a personas que no reunían los antecedentes para certificar la propiedad del diario Clarín. Pero esta «irregularidad» tiene un agravante. Se realizó mientras el Estado chileno tenía dos causas abiertas: una por la rotativa en un tribunal nacional y el requerimiento ante el CIADI. La única razón de haber actuado de tal modo fue un intento para parar los requerimientos sobre hechos supuestamente consumados.
Hubo, incluso, discusiones internas al interior del gobierno por la extraordinaria celeridad de los pagos, algo poco usual para el lento procedimiento del aparato público ante estos casos. Una rapidez que tenía su objetivo. Los cheques debían estar firmados antes del 14 de noviembre del 2002, fecha cuando la defensa del Estado chileno presentaría su memoria ante el tribunal. Esos cheques fueron firmados por el ministro de Hacienda de entonces, Nicolás Eyzaguirre, los cuales estaban unidos a los decretos firmados por el ministro de Bienes Nacionales, Claudio Orrego. Finalmente, los pagos fueron registrados por el contralor Arturo Aylwin el 23 de julio.
La Decisión 43 era no sólo «irregular», sino inconstitucional. El artículo 73 de la Constitución prohíbe expresamente al Poder Ejecutivo resolver problemas pendientes con la justicia. Pero es también un fraude. Emilio González murió hacia inicios de la década de los noventa y dejó un testamento bastante completo sobre sus pertenencias, en el que detallaba, incluso, mobiliario y hasta cuchillos y cucharas. Pero no hay mención alguna de las acciones del Clarín. Por tanto, y como reclamó el demandante ante el tribunal, el gobierno le atribuyó propiedad de las acciones a personas que no presentaron ninguna prueba.
Tras décadas de litigio, el Estado chileno aún tiene pendiente compensar a la Fundación Pte. Allende y a la hija de Victor Pey la indemnización del daño causado por la Decisión 43 y otras violaciones del Tratado bilateral entre Chile y España de protección de inversiones.
Publicado por el Clarin.cl
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