Senador Navarro envía carta a Bachelet y pide visita in loco:“Chile ha incumplido tratados por acción y por omisión”
Santiago,
07 de octubre de 2020
Sra.
MICHELLE
BACHELET JERIA
Alta Comisionada para los Derechos Humanos
Naciones Unidas
PRESENTE
De mi consideración:
Junto con saludar
respetuosamente s Ud. le escribo a efectos de solicitar a Ud. pueda viajar a
Chile para enfrentar los graves casos de racismo que enfrenta Chile en
territorio indígena mapuche, y que amenaza con enfrentamientos, asesinatos,
persecución, ahora entre civiles, con la eventual complicidad del Estado, y que
se ha manifestado en el desalojo violento de las municipalidades que se indica,
en la cual personas mapuche e la justa reivindicación de sus derechos, fueron
violentamente agredidas.
Lo anterior, en el
marco de la lucha del pueblo mapuche por la liberación del machi (autoridad
ancestral) Celestino Córdova, quien se encuentra cumpliendo una condena de 18
años por su supuesta participación en el asesinato del matrimonio Luchsinger
Mackay, así como en favor de los denominados presos políticos mapuche, algunos
también condenados y otros en prisión preventiva, en juicios cuestionados por
la vulneración del derecho al debido proceso.
1.- Respecto
de los presos políticos mapuche
Como es sabido, el Estado
de Chile se encuentra cuestionado por los juicios entablados contra dirigentes
mapuche, en una verdadera campaña de criminalización que busca desactivar las
reivindicaciones políticas y sociales qué ha desarrollado este pueblo durante
toda la etapa de colonización de su territorio por parte del Estado de Chile.
Uno de los ejemplos
más claros de esto es la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en contra del Estado de Chile, por el caso de lonco Pascual Pichun, Aniceto
Norin, así como en los casos Poluco Pidenco.
Es del caso que
existe muchos presos mapuche que
finalmente son absueltos por la justicia chilena, luego de haber cumplido
prisión preventiva que duran más de año y medio.
Es por ello que se
habla de presos políticos mapuche, por qué muchos de ellos sufren largo periodo
de privación de libertad e incluso condenas, luego de juicios vulneratorios del
debido proceso.
Entre estos se
encuentra el mismo machi Celestino Córdova, así como diversos presos de las
cárceles de Lebu, Angol y Temuco. Lleva más de 94 días en huelga de hambre y
han iniciado huelga seca[1].
Respecto del machi
Celestino Córdova pesan 2 sentencias, una promovida por Gendarmería de Chile y
otra por el Servicio de Salud local, que autorizan su alimentación forzada,
práctica que constituye tortura a la luz de los tratados internacionales[2].
Es por ello que se
ha iniciado una campaña nacional e internacional para efectos de lograr que
quienes se encuentran en prisión preventiva y quiénes se encuentran condenados,
pueden ser privados de libertad en sus comunidades de origen, y en el caso del
machi Celestino Córdova en se Rewe, lugar de la más alta importancia su
investidura de machi, que le permite conectarse y conservar su salud física y
mental[3].
De acuerdo a lo que
dispone el convenio 169 en su artículo 9:
“1. En la medida en que ello sea compatible
con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente
reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados
recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus
miembros.
2. Las
autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales
deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia.”
Esta norma ha sido
incumplida por el estado de Chile y por lo tanto constituye una franca
vulneración al derecho internacional de los derechos humanos de los pueblos
originarios.
2.- Respecto
de los sucesos del 1 de agosto y el ataque racista a comuneros mapuche
El primero de
agosto de 2020 se produjo un ataque racista brutal por parte de una turba de
alrededor de 200 personas en contra de unas 15, que con motivo de las
movilizaciones mapuche por la liberación de los presos políticos de ese pueblo,
habían procedido a la toma pacífica de la municipalidad de Curarrehue. Días
antes de este ataque, el Ministro del Interior Víctor Pérez había visitado la
zona, señalando que seguramente habría violencia en la zona.
La organización de
tal turba, es atribuida a Gloria Naveillan, dirigenta del APRA, una
organización que agrupa a propietarios de tierras de la zona. En los audios de
liberados se escucha a esta persona llamando a sus adherentes a acudir armados
con palos a la municipalidad para proceder a un desalojo violento[4].
De acuerdo a otro
audio liberado a la prensa, Carabineros de Chile había sido avisado previamente
de que está turba acudiría a la municipalidad a enfrentarse con los mapuche[5].
Finalmente se
produjo el desalojo violento por estas personas civiles armadas, quienes
golpearon y vulneraron los derechos de hombres y mujeres e inclusive niños que
se encontraban en el lugar, procediendo incluso a quemar sus vehículos que
estaban apostados fuera del recinto municipal.
Carabineros acudió
horas después al lugar, aprehendiendo solamente a las personas que fueron
desalojadas violentamente, las cuales fueron privadas de libertad de inmediato.
Ninguna de las
personas que ejecutaron el desalojo ilegal fueron tomadas presas, pese a la
golpizas propinadas a los movilizados y a que realizaron estos hechos durante
el toque de queda decretado en virtud de la pandemia del Covid-19, por lo que a
todas luces habían violado las normas penales que resguardan la salud pública y
que impiden transitar sin los permisos y salvoconductos adecuados durante los
horarios de restricción a la libertad ambulatoria.
Diversas
organizaciones de Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil, el
representante del Alto Comisionado para los Derechos humanos en Latinoamérica[6]
y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[7],
se han manifestado con preocupación por el brote de violencia racista en el sur
de Chile, pidiendo al gobierno crear todas las condiciones para un diálogo
social que impida el recrudecimiento de la violencia, particularmente de grupos
paramilitares ligados a los terratenientes que resisten la restitución de
tierras mapuches y de sus derechos como pueblo originario, de acuerdo a lo
ordenado por el Derecho internacional.
Tal y como dispone
el Artículo 2 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación Racial, adoptada y abierta a la firma y ratificación
por la Asamblea General en su resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de
1965, y que entró en vigor el 4 de enero de 1969:
“1. Los Estados partes condenan la discriminación racial
y se comprometen a seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones,
una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas
y a promover el entendimiento entre todas las razas, y con tal objeto:
a) Cada Estado parte se compromete a no incurrir en
ningún acto o práctica de discriminación racial contra personas, grupos de
personas o instituciones y a velar por que todas las autoridades públicas e
instituciones públicas, nacionales y locales, actúen en conformidad con esta
obligación;
b) Cada Estado parte se compromete a no fomentar,
defender o apoyar la discriminación racial practicada por cualesquiera personas
u organizaciones;
c) Cada Estado parte tomará medidas efectivas para
revisar las políticas gubernamentales nacionales y locales, y para enmendar,
derogar o anular las leyes y las disposiciones reglamentarias que tengan como
consecuencia crear la discriminación racial o perpetuarla donde ya exista;
d) Cada Estado parte prohibirá y hará cesar por todos los
medios apropiados, incluso, si lo exigieran las circunstancias, medidas
legislativas, la discriminación racial practicada por personas, grupos u
organizaciones;
e) Cada Estado parte se compromete a estimular, cuando
fuere el caso, organizaciones y movimientos multirraciales integracionistas y
otros medios encaminados a eliminar las barreras entre las razas, y a
desalentar todo lo que tienda a fortalecer la división racial.
2. Los Estados partes tomarán, cuando las circunstancias
lo aconsejen, medidas especiales y concretas, en las esferas social, económica,
cultural y en otras esferas, para asegurar el adecuado desenvolvimiento y
protección de ciertos grupos raciales o de personas pertenecientes a estos
grupos, con el fin de garantizar en condiciones de igualdad el pleno disfrute
por dichas personas de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.
Esas medidas en ningún caso podrán tener como consecuencia el mantenimiento de
derechos desiguales o separados para los diversos grupos raciales después de
alcanzados los objetivos para los cuales se tomaron”.
Creemos que el
Estado de Chile, en virtud de lo narrado, ha incumplido este tratado por acción
y por omisión, y por lo tanto, requerimos de la presencia de la Alta
Comisionada en Chile, a efectos de que en uso de sus facultades, de acuerdo al
Mandato conferido por Naciones Unidas, promueva su aplicación in loco.
Agradeciendo su
atención, me despido no sin antes manifestarle las seguridades de mi más alta
consideración
Alejandro Navarro Brain
Senador
[1] https://radio.uchile.cl/2020/08/05/comuneros-mapuche-en-huelga-de-hambre-rechazan-invitacion-del-gobierno-e-inician-huelga-seca/
[2] https://kaosenlared.net/lucha-mapuche-corte-de-apelaciones-de-temuco-acogio-recurso-que-posibilita-la-alimentacion-forzosa-e-intervencion-medica-a-celestino-cordova-contra-su-voluntad/
[3] https://www.elmostrador.cl/dia/2020/08/06/lideres-internacionales-piden-a-michelle-bachelet-que-ayude-a-evitar-un-desenlace-tragico-en-huelga-de-hambre-de-presos-mapuche/
[4] http://piensachile.com/2020/08/filtran-audio-de-gloria-naveillan-vocera-de-apra-que-incito-a-la-violencia-contra-comuneros-mapuche/
[5] https://ciperchile.cl/2020/08/05/el-informe-reservado-de-carabineros-sobre-los-grupos-de-autodefensa-de-agricultores-en-la-zona-mapuche/
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