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Senador Navarro envía carta a Bachelet y pide visita in loco:“Chile ha incumplido tratados por acción y por omisión”


El senador miembro de la comisión de derechos humanos del Senado denunció ante la Alta Comisionada para los DD.HH. de Naciones Unidas la situación del Machi Celestino Córdova y la huelga de hambre de los 9 comuneros mapuche, junto a los incidentes ocurridos en el desalojo por parte de grupos armados civiles de cuatro municipalidades en la región de La Araucanía. 


Domingo 9 de agosto de 2020. “Como es sabido, el Estado de Chile se encuentra cuestionado por juicios entablados contra dirigentes mapuches, en una verdadera campaña de criminalización que busca desactivar reivindicaciones políticas y sociales que ha desarrollado este pueblo durante toda la etapa de colonización de su territorio por parte del Estado de Chile”, indica al inicio la carta que el senador Alejandro Navarro (PRO) envió a la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU, Michelle Bachelet. 






La misiva solicitó una visita in loco para revisar en terreno, a raíz de los últimos hechos ocurridos en La Araucanía y con la huelga que lleva a cabo el Machi Celestino Córdova, el cumplimiento por parte del Estado chileno de tratados internacionales relacionados a la promoción del respeto de los pueblos originarios. 






“Diversas organizaciones de Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil, el representante del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Latinoamérica y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se han manifestado con preocupación por el brote de violencia racista en el sur de Chile, pidiendo al gobierno crear todas las condiciones para un diálogo social que impida el recrudecimiento de la violencia”, acusa la presentación enviada por Navarro. 






Al respecto, el parlamentario fundador del Foro Latinoamericano de Derechos Humanos (FOLADH), señaló que “aquí hay tratados que Chile ha incumplido y un conflicto que se agudiza ante la falta de diálogo por parte del gobierno del presidente Piñera. Le he solicitado a la Alta Comisionada, Michelle Bachelet, que, conociendo de cerca la magnitud del problema, acuda para ser garante del diálogo que urge en Biobío y La Araucanía”. 






Desde su cuenta de Twitter, el senador Navarro indicó que, “pido a la Alta Comisionada de DDHH de la ONU, Michelle Bachelet, en el día de los pueblos indígenas, pueda realizar una firme defensa de sus derechos en Chile y la devolución de sus tierras ancestrales. El presidente de Chile, Sebastián Piñera debe dar el ejemplo y devolver 11mil hectáreas de Tantauco que compró en Chiloé”.



Santiago, 07 de octubre de 2020

 

Sra.

MICHELLE BACHELET JERIA

Alta Comisionada para los Derechos Humanos

Naciones Unidas

PRESENTE

 

De mi consideración:

 

Junto con saludar respetuosamente s Ud. le escribo a efectos de solicitar a Ud. pueda viajar a Chile para enfrentar los graves casos de racismo que enfrenta Chile en territorio indígena mapuche, y que amenaza con enfrentamientos, asesinatos, persecución, ahora entre civiles, con la eventual complicidad del Estado, y que se ha manifestado en el desalojo violento de las municipalidades que se indica, en la cual personas mapuche e la justa reivindicación de sus derechos, fueron violentamente agredidas.

Lo anterior, en el marco de la lucha del pueblo mapuche por la liberación del machi (autoridad ancestral) Celestino Córdova, quien se encuentra cumpliendo una condena de 18 años por su supuesta participación en el asesinato del matrimonio Luchsinger Mackay, así como en favor de los denominados presos políticos mapuche, algunos también condenados y otros en prisión preventiva, en juicios cuestionados por la vulneración del derecho al debido proceso.

 

1.-          Respecto de los presos políticos mapuche

Como es sabido, el Estado de Chile se encuentra cuestionado por los juicios entablados contra dirigentes mapuche, en una verdadera campaña de criminalización que busca desactivar las reivindicaciones políticas y sociales qué ha desarrollado este pueblo durante toda la etapa de colonización de su territorio por parte del Estado de Chile.

Uno de los ejemplos más claros de esto es la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado de Chile, por el caso de lonco Pascual Pichun, Aniceto Norin, así como en los casos Poluco Pidenco.

Es del caso que existe muchos presos  mapuche que finalmente son absueltos por la justicia chilena, luego de haber cumplido prisión preventiva que duran más de año y medio.

Es por ello que se habla de presos políticos mapuche, por qué muchos de ellos sufren largo periodo de privación de libertad e incluso condenas, luego de juicios vulneratorios del debido proceso.

Entre estos se encuentra el mismo machi Celestino Córdova, así como diversos presos de las cárceles de Lebu, Angol y Temuco. Lleva más de 94 días en huelga de hambre y han iniciado huelga seca[1].

Respecto del machi Celestino Córdova pesan 2 sentencias, una promovida por Gendarmería de Chile y otra por el Servicio de Salud local, que autorizan su alimentación forzada, práctica que constituye tortura a la luz de los tratados internacionales[2].

Es por ello que se ha iniciado una campaña nacional e internacional para efectos de lograr que quienes se encuentran en prisión preventiva y quiénes se encuentran condenados, pueden ser privados de libertad en sus comunidades de origen, y en el caso del machi Celestino Córdova en se Rewe, lugar de la más alta importancia su investidura de machi, que le permite conectarse y conservar su salud física y mental[3].

De acuerdo a lo que dispone el convenio 169 en su artículo 9:

1. En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros.

    2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia.

Esta norma ha sido incumplida por el estado de Chile y por lo tanto constituye una franca vulneración al derecho internacional de los derechos humanos de los pueblos originarios.

 

2.-          Respecto de los sucesos del 1 de agosto y el ataque racista a comuneros mapuche

El primero de agosto de 2020 se produjo un ataque racista brutal por parte de una turba de alrededor de 200 personas en contra de unas 15, que con motivo de las movilizaciones mapuche por la liberación de los presos políticos de ese pueblo, habían procedido a la toma pacífica de la municipalidad de Curarrehue. Días antes de este ataque, el Ministro del Interior Víctor Pérez había visitado la zona, señalando que seguramente habría violencia en la zona.

La organización de tal turba, es atribuida a Gloria Naveillan, dirigenta del APRA, una organización que agrupa a propietarios de tierras de la zona. En los audios de liberados se escucha a esta persona llamando a sus adherentes a acudir armados con palos a la municipalidad para proceder a un desalojo violento[4].

De acuerdo a otro audio liberado a la prensa, Carabineros de Chile había sido avisado previamente de que está turba acudiría a la municipalidad a enfrentarse con los mapuche[5].

Finalmente se produjo el desalojo violento por estas personas civiles armadas, quienes golpearon y vulneraron los derechos de hombres y mujeres e inclusive niños que se encontraban en el lugar, procediendo incluso a quemar sus vehículos que estaban apostados fuera del recinto municipal.

Carabineros acudió horas después al lugar, aprehendiendo solamente a las personas que fueron desalojadas violentamente, las cuales fueron privadas de libertad de inmediato.

Ninguna de las personas que ejecutaron el desalojo ilegal fueron tomadas presas, pese a la golpizas propinadas a los movilizados y a que realizaron estos hechos durante el toque de queda decretado en virtud de la pandemia del Covid-19, por lo que a todas luces habían violado las normas penales que resguardan la salud pública y que impiden transitar sin los permisos y salvoconductos adecuados durante los horarios de restricción a la libertad ambulatoria.

Diversas organizaciones de Derechos Humanos, organizaciones de la sociedad civil, el representante del Alto Comisionado para los Derechos humanos en Latinoamérica[6] y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos[7], se han manifestado con preocupación por el brote de violencia racista en el sur de Chile, pidiendo al gobierno crear todas las condiciones para un diálogo social que impida el recrudecimiento de la violencia, particularmente de grupos paramilitares ligados a los terratenientes que resisten la restitución de tierras mapuches y de sus derechos como pueblo originario, de acuerdo a lo ordenado por el Derecho internacional.

 

Tal y como dispone el Artículo 2 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de 1965, y que entró en vigor el 4 de enero de 1969:  

“1. Los Estados partes condenan la discriminación racial y se comprometen a seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas y a promover el entendimiento entre todas las razas, y con tal objeto:

a) Cada Estado parte se compromete a no incurrir en ningún acto o práctica de discriminación racial contra personas, grupos de personas o instituciones y a velar por que todas las autoridades públicas e instituciones públicas, nacionales y locales, actúen en conformidad con esta obligación;

b) Cada Estado parte se compromete a no fomentar, defender o apoyar la discriminación racial practicada por cualesquiera personas u organizaciones;

c) Cada Estado parte tomará medidas efectivas para revisar las políticas gubernamentales nacionales y locales, y para enmendar, derogar o anular las leyes y las disposiciones reglamentarias que tengan como consecuencia crear la discriminación racial o perpetuarla donde ya exista;

d) Cada Estado parte prohibirá y hará cesar por todos los medios apropiados, incluso, si lo exigieran las circunstancias, medidas legislativas, la discriminación racial practicada por personas, grupos u organizaciones;

e) Cada Estado parte se compromete a estimular, cuando fuere el caso, organizaciones y movimientos multirraciales integracionistas y otros medios encaminados a eliminar las barreras entre las razas, y a desalentar todo lo que tienda a fortalecer la división racial.

2. Los Estados partes tomarán, cuando las circunstancias lo aconsejen, medidas especiales y concretas, en las esferas social, económica, cultural y en otras esferas, para asegurar el adecuado desenvolvimiento y protección de ciertos grupos raciales o de personas pertenecientes a estos grupos, con el fin de garantizar en condiciones de igualdad el pleno disfrute por dichas personas de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Esas medidas en ningún caso podrán tener como consecuencia el mantenimiento de derechos desiguales o separados para los diversos grupos raciales después de alcanzados los objetivos para los cuales se tomaron”.

Creemos que el Estado de Chile, en virtud de lo narrado, ha incumplido este tratado por acción y por omisión, y por lo tanto, requerimos de la presencia de la Alta Comisionada en Chile, a efectos de que en uso de sus facultades, de acuerdo al Mandato conferido por Naciones Unidas, promueva su aplicación in loco.

Agradeciendo su atención, me despido no sin antes manifestarle las seguridades de mi más alta consideración

 

 

 

Alejandro Navarro Brain

Senador



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