La Corte de Apelaciones de Concepción dio un plazo de 15 días para que el Servicio informe sobre la pertinencia de los protocolos y procedimientos, relacionados con el cuidado de los niños con patologías psiquiátricas.
Tras acogerse el recurso de protección que el senador Alejandro Navarro interpuso en contra del Sename, y en favor de una menor que intentó suicidarse al interior del Hogar Cread Capullo de Chiguayante, la Corte de Apelaciones de Concepción ordenó al Servicio Nacional de Menores que en 15 días informe sobre la pertinencia de los protocolos y procedimientos, relacionados con el cuidado de los niños con patologías psiquiátricas, con el objetivo de prevenir actos suicidas o acciones que atenten contra la vida de los menores. Del mismo modo, indicó verificar la asistencia especializada y prestaciones que se les otorga.
Navarro, quien preside la Comisión de DDHH del Senado, valoró la aprobación del recurso, comentando que “la menor de 15 años de iniciales D.O.M., tuvo un estado de descompensación, producto de patologías no tratadas o tratadas de manera insuficiente. Y el 29 de mayo intentó ahorcarse con un cordón de zapatillas y fue rescatada en estado cianótico por funcionarios del hogar”.
“Lo anterior-agregó- se suma a la preocupación de que en ese Centro del Sename han habido 4 intentos de suicidio, por lo que la atención psiquiátrica de este establecimiento no basta para frenar esta grave problemática”.
El parlamentario, considera que “las intervenciones que se han hecho en favor de la niña afectada han sido insuficientes para mejorar su estado de salud física y psíquica. Y a nuestro juicio, los recurridos, tanto el Sename como el Servicio de Salud de Concepción, han realizado acciones insuficientes y han omitido las que son eficaces para garantizar el derecho a la integridad de la víctima, temiéndose aún por su vida”.
El senador aclaró que “esto va más allá de la acción de los funcionarios que tienen contacto directo con la niña, pues el sistema de atención a los menores que están internados no da abasto, así como tampoco dan abasto la fiscalización y actuación del SENAME del Biobio y del Servicio de Salud de Concepción”.
El congresista comentó que, tras recibir los antecedentes, “presentamos el recurso porque consideramos que se ha vulnerado el derecho reconocido en el artículo 20 y lo dispuesto en el artículo 3 de la Convención de Derechos del Niño, invocando además el derecho al interés superior del niño, que en este caso no ha sido priorizado por el SENAME el trato especial a que lo obliga el artículo 2 letra d) de su Ley Orgánica”
Y, en ese contexto, Navarro solicitó en la presentación “que se restablezca el imperio del derecho y se tomen las medidas necesarias para evitar el suicidio, homicidio o cualquier daño o perjuicio en contra de la menor en el hogar Capullo; y esto contempla considerar dotar al hogar de los recursos humanos, técnicos y materiales para garantizar la salud física y psíquica de la niña afectada y de todos los menores que están internados; así como también ordenar al Servicio de Salud la inmediata atención de la niña, resguardando su vida e integridad física y psicológica permanente; y auditar el funcionamiento contable del hogar para su gestión eficaz”.
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