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Informó Senador Alejandro Navarro (MAS): “Se amplía plazo para regularizar ampliaciones de viviendas sociales”


Un plazo de dos años, contados desde el momento en que se publique la ley en el Diario Oficial, tendrán los propietarios de viviendas sociales emplazadas en áreas urbanas o rurales, para regularizar las ampliaciones de hasta 25 metros cuadrados que se hubieran efectuados en ellas, fue aprobado por la Sala del Senado, en segundo trámite, por lo que queda en condiciones de ser prontamente promulgado y publicado, según informó el senador Alejandro Navarro.

El parlamentario dijo que “este es un beneficio al que se puede optar solo por una vez, siempre y cuando no estén ubicadas en zonas definidas como de riesgo, franjas declaradas como de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Asimismo, a la fecha de tramitar la regularización no deben existir reclamaciones pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas existentes con anterioridad a esta nueva ley ante la Dirección de Obras Municipales o el Juzgado de Policía Local respectivo”.

Navarro agregó que “ciertamente, para poder regularizarse, las ampliaciones deben cumplir con las normas de habitabilidad, seguridad y estabilidad y las instalaciones interiores. Y para iniciar el trámite de regularización el propietario deberá presentar ante la Dirección de Obras una solicitud de permiso y recepción simultánea, junto con una declaración simple del mismo propietario, señalando tener el dominio del inmueble, así como que la ampliación cumple con las normas exigibles”.

El parlamentario señaló que “otros documentos que deberán acompañarse son especificaciones técnicas resumidas y un plano esquemático que grafique la planta y el perfil de la ampliación, indicando las medidas y superficie a regularizar. En el caso de que fuera en un segundo piso o superior, la solicitud deberá ser firmada por un arquitecto o contar con un informe favorable de la DOM”.

            “Una vez realizado el trámite -añadió- la Dirección de Obras tendrá 90 días para pronunciarse, otorgando el certificado de regularización cuando corresponda. Estas regularizaciones quedarán exentas de los derechos municipales establecidos en la Ley de Urbanismo y Construcciones por la labor de revisión, inspección y recepción de permisos de subdivisión, loteos y construcción”.

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