Debe pronunciarse sobre la competencia del Tribunal Ambiental para conocer la reclamación del municipio contra el SEA, que pide revisar la RCA del proyecto.
La Corte Suprema dejó en acuerdo, el pasado lunes 1 de junio, el fallo del recurso de casación interpuesto el 29 de enero del presente año por la Municipalidad de San Fabián en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), organismo que rechazó la reclamación del municipio, que pidió revisar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto embalse Punilla.
La tercera sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y Carlos Aránguiz, más el abogado integrante Arturo Prado, designó como redactor del fallo al ministro Pierry, y se espera que en las próximas semanas se informe la decisión.
Como se recordará, en enero pasado el municipio resolvió apelar ante la Suprema la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, que el 6 de enero resolvió rechazar el recurso de reclamación presentado por la Municipalidad de San Fabián en contra de la decisión del SEA, que negó la revisión de la RCA del proyecto Punilla.
En aquella oportunidad, el tribunal argumentó que no se ha agotado la vía administrativa para el requerimiento del municipio, aunque reconoció la calidad de “directamente afectado” de ésta.
Dicho dictamen precisó que “la Ley 20.600 solo faculta a este tribunal para reconocer de la reclamación que se interponga en contra de la resolución del Comité de Ministros o del director ejecutivo”.
Incompetencia en duda
El 19 de agosto de 2013, la alcaldesa de San Fabián de Alico, Lorena Jardúa, solicitó a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Bío Bío, la revisión de la RCA- que data de noviembre de 2010-, argumentando que se habían registrado cambios sustanciales en variables ambientales ya evaluadas, como el número de afectados, el desplazamiento de la roca y la declaración de dicha zona como Reserva de la Biósfera.
El SEA resolvió rechazar y no acoger a trámite la solicitud de revisión, razón por la que el 19 de mayo de 2014 la Municipalidad de San Fabián interpuso la reclamación ante el Juzgado de Letras de San Carlos, el que remitió los antecedentes al Tribunal Ambiental, que el 10 de junio resolvió declararse incompetente para conocer de la materia.
Frente a esto, el municipio apeló ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, que determinó que el Tribunal Ambiental sí debía acoger a trámite el recurso, lo que se concretó el 16 de septiembre.
Recurso de casación
El recurso de casación, cuyo fallo será conocido en los próximos días, fue presentado por el abogado Diego Lillo, de la corporación FIMA, que representa a la Municipalidad de San Fabián.
En el litigio también se hizo parte el Consejo de Defensa del Estado, puesto que el proyecto Punilla será desarrollado por el Ministerio de Obras Públicas.
Según Lillo, el Tribunal Ambiental, al declararse incompetente por segunda vez, el 6 de enero, no habría actuado conforme al debido proceso, puesto que las razones que entregó en su segundo fallo son las mismas que dio en el primero, y que la Corte de Apelaciones de Valdivia no aceptó, por lo que obligó a tramitar la causa.
“El recurso de casación, en la forma, tiene por finalidad la correción de vicios del procedimiento, y en este caso, nos basamos en que los mismos argumentos con que el Tribunal Ambiental decidió su incompetencia son los que fueron sometidos a la Corte de Apelaciones de Valdivia en la apelación de la resolución que declaró la inadmisibilidad de la acción”, sostuvo el abogado.
Escenarios
Respecto de los probables escenarios que se abran una vez conocido el fallo de la Suprema, desde San Fabián, la alcaldesa Lorena Jardúa ha señalado que la vía administrativa no se ha descartado, sin embargo, primero se quiere agotar la vía judicial.
De esta forma, en caso de ser desfavorable el fallo de la Suprema, el municipio recurrirá ante el Consejo de Ministros para pedir la revisión de la RCA.
Por otro lado, si el máximo tribunal acogiera el recurso de casación, la causa tendría que ser vista por el Tribunal Ambiental.
Fuente Ladiscusion.cl
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