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Senador Navarro “Niña herida por propaganda de Matthei debe ser indemnizada”

Senador Navarro entrega respaldo jurídico a la madre y la menor afectada
Al mediodía de este martes, una estructura de aproximadamente dos metros de largo por un metro de ancho se desprendió de un poste y golpeó fuertemente la cara de una menor de 6 años, tumbándola y dejándola con una contusión maxilofacial, que tuvo que ser inmediatamente tratada en el Hospital Regional Guillermo Grant Benavente. El senador Alejandro Navarro relató que “la madre de la niña, Soledad Torres, se acercó muy afligida a nosotros para denunciar el lamentable hecho, que tarde o temprano, con tanta propaganda política mal colgada en los postes sabíamos que iba a ocurrir. Hoy, recurriremos a los Tribunales, porque el daño que le han causado a esta pequeña, quizás mañana para otro peatón o automovilista pueda ser mucho peor”.

Tal como se lo comentó la madre a Alejandro Navarro,  “ella iba caminando, junto a su hija y además su bebé de 10 meses en coche a tomar locomoción, cerca de la esquina de calles Prat con Carrera, en Concepción; cuando de pronto, desde un poste de alumbrado público, se cayó una estructura también llamada ‘paloma’ que golpeó contundentemente la cara de su niña. Por lo considerable del impacto, Soledad se vio obligada a acudir con su hija al Hospital Regional”, señaló el congresista.

Junto con haberle sido informado de parte de Soledad que ya entabló la denuncia del hecho ante Carabineros, el senador del MAS comentó que “eso no es suficiente. Por lo que concurriremos, pues, a la Corte de Apelaciones de Concepción,  ya que, si bien, la menor fue dada de alta, su mamá tuvo que pagar más de 20 mil pesos de manera particular para tratarla, esto por no tener previsión. En realidad, da lástima ver el rostro de la niña, que aunque le haya quedado un leve moretón, lo peor es el peligroso momento que vivió, y que de seguro no será olvidado prontamente”.

Navarro anunció: “Vamos a presentar una demanda civil, basada en el artículo 2314, del Código Civil, que dispone: ‘El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que impongan las leyes por el delito o cuasidelito’”.

“Por tanto –sostuvo el Senador- pediremos una indemnización de perjuicios, por el daño efectivo sufrido por la niña, como por el daño moral sufrido por la madre y la menor”, afirmó.

Y detalló: “Demandaremos a Evelyn Matthei, y al candidato a CORE, Claudio Ortega, cuya foto acompaña a la candidata presidencial de la UDI en la propaganda ilegal”.  Por tanto, serán denunciados, indicó Navarro, “como responsables solidariamente de la indemnización, de acuerdo al artículo 2317del Código Civil, que dice: ‘Si un delito o cuasidelito ha sido cometido por dos o más personas, cada una de ellas será solidariamente responsable de todo perjuicio procedente del mismo delito o cuasidelito’".   

Moción de Navarro para
prevenir accidentes por propagandas

El senador Alejandro Navarro recordó que “el 22 de octubre del año pasado presentamos un proyecto de ley que modifica el artículo 32 de la ley N°18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, esto en materia de instalación de elementos de propaganda electoral con riesgo de producir accidentes”.

Navarro manifestó que “si bien, este gobierno no le dio la urgencia necesaria para tratar esta moción, confiamos que será en el gobierno de Bachelet el que se encargue de acelerar la tramitación. Por lo pronto, solicitamos que se retiren todas las propagandas que son ilegales, como lo señala la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que en su artículo 32, dice que no podrá realizarse propaganda electoral en postes”.

Lo que el senador del MAS quiere que quede estipulado por ley es que, como lo indica, en su proyecto “esté prohibido instalar propaganda electoral de cualquier tipo que obstaculice la visibilidad de los peatones o de los automovilistas arriesgando provocar accidentes de tránsito. Sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta ley, los candidatos cuya propaganda sea instalada con infracción a lo dispuesto en este artículo, o cuya propaganda caiga desde la altura, o colisione con personas o bienes materiales de cualquier tipo causando daño, serán solidariamente responsables de los perjuicios provocados, todo ello además de la responsabilidad criminal concurrente".

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