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Denuncian a empresas hidroeléctrica y minera de apropiación indebida de nombres Mapuche

Se trata de la empresa “Tracura energía S.A”, quien tomó el nombre de un territorio ancestral Mapuche Pewenche en la zona cordillerana de Melipeuco;  y de la empresa, Minera “Lonco”, quien tomó el nombre referido a la denominación de una autoridad ancestral que actúa como cabecilla de una comunidad o un territorio. La situación ha sido catalogada como grave y ha causado la reacción de diversas organizaciones de Pueblos indígenas en el País.

La empresa Tracura S.A, cuyo representante legal es  José Pedro Fuentes De la Sotta, adquirió recientemente un proyecto que se llama “Central de pasada hidroeléctrica TACURA” en la zona cordillerana de Melipeuco y se apropió de la identificación de un territorio ancestral conocido así tradicionalmente dentro del territorio Mapuche Pewenche. Lo mismo ha venido haciendo la empresa Lonco quien tomó la identificación de una denominación de autoridad ancestral que actúa como cabecilla. El investigador Pablo Manquenahuel señala: “Todo pueblo  tiene en el interior de su sociedad organizaciones que construyen organización  y reconocen autoridad que conduce y guía los designios del pueblo. En la cultura mapuche la autoridad de Lonko corresponde  al jefe tradicional  de un lof, se encarga de los asuntos políticos tanto internos como externos.
Esta apropiación de nombres ha sido dada como ejemplo por diversas organizaciones indígenas en el País y al respecto, el asesor jurídico, presidente de la Corporación Cultural Aymara Jacha Marka Aru y  miembro de la Mesa Ejecutiva de Pueblos Originarios, señala frente a estos casos en particular: ““jurídicamente estas empresas violan los derechos indígenas, pues usurpan, sin ninguna autorización, bienes culturales ajenos, como son las lenguas indígenas. Los tratados internacionales reconocen esto. Y quien lo dude, que lea el artículo 3 de la “Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial 2003”, que señala expresamente que el patrimonio cultural lo componen las “tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial”, señala el personero sobre  esta Convención que es ley de la república de Chile desde 2009.
Dicho tratado impone salvaguardias para el patrimonio, que son medidas de protección y respeto. Asimismo, el miembro de la Mesa Ejecutiva de Pueblos Originarios, agrega: “Luego,  está la Declaración de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas que va más allá, y en su artículo 31 dispone que los Estados Partes dispondrán de medidas EFICACES para proteger el derecho de los pueblos a “mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural”, respecto del cual el mismo artículo señala que hay “propiedad intelectual” colectiva de los pueblos. Por lo tanto, permitir que se inscriban nombres de pertenencias mineras, marcas comerciales, direcciones de páginas web, nombres de mega proyectos, u otras medidas de este tipo, es una violación de estos dos cuerpos”.
León finaliza señalando: “Chile nuevamente suscribe tratados y no los cumple. Es parte de la deuda que tienen con nosotros. Por mientras las empresas siguen violando la ley frente a nuestras narices, y ante un Estado silencioso, e inactivamente cómplice”.
Protección de Conocimientos Tradicionales: Cultura Indígena, Biopiratería y Propiedad Intelectual

Cabe señalar que recientemente se organizó un seminario en Vallenar, provincia de Huasco, denominado: “Seminario Protección de Conocimientos Tradicionales: Cultura Indígena, Biopiratería y Propiedad Intelectual” referido a la apropiación privada, particularmente a manos de grandes empresas, muchas veces transnacionales, atendiendo como mal ejemplo de esto la ley de propiedad industrial, la Ley de Propiedad intelectual y la denominada Ley Monsanto. En este contexto, el objetivo de este seminario fue discutir sobre las relaciones problemáticas entre el sistema de derechos de propiedad intelectual y los conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, los cuales demandan la violación de sus derechos humanos por apropiaciones indebidas usando el sistema de la propiedad intelectual, como en el caso de la biopiratería. Por otra parte, se hizo mención que  en el contexto del derecho comparado, se han ensayado soluciones dentro de dicho sistema para garantizar derechos de propiedad intelectual a los mismos pueblos indígenas.
El seminario indicado,  se organizó en el marco del Proyecto "Culturas Indígenas y Propiedad Intelectual" de la Cátedra Indígena de la Universidad de Chile y uno de sus impulsores fue el abogado, profesor académico y Doctor en sociología (Alemania),  Salvador Millaleo, quien tiene especialización en el tema y varias publicaciones como es “CONOCIMIENTO MAPUCHE Y DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL”, realizando varios diagnósticos en este sentido. Millaleo al respecto señala: “En Chile, se puede observar una serie de experiencias que presentan fenómenos de biopiratería y apropiación, tanto bajo la forma de patentes de invención como bajo otros derechos de propiedad intelectual sobre recursos colectivos mapuches…”, a su vez, indica dentro de las conclusiones: “Los sistemas simbólicos del conocimiento del pueblo Mapuche están múltiplemente amenazados y ya han sido vulnerados por el funcionamiento  del sistema jurídico de derechos de propiedad intelectual, en sus diversas dimensiones. Esto se explica tanto por la lejanía de los conceptos de dicho sistema respecto de las manifestaciones del conocimiento mapuche, como a la posición subordinada con que históricamente se le ha tratado, desmejorando sus capacidades para ejercer sus derechos…”
Por su parte,  la periodista, ex becaria de las Naciones Unidas e integrante del grupo de trabajo Mapuche por derechos colectivos, Eugenia Calquín, manifestó que existe una nutrida lista de empresas que han venido practicando la biopiratería y la apropiación indebida de nombres y que se está considerando un plan de incidencia para establecer efectivamente mecanismos de protección, en conjunto con otros profesionales, académicos y organizaciones indígenas; y a su vez, en consideración a estas dos empresas denunciadas “Tracura” y “Lonco”, destacó que este tipo de situaciones no solo atañen a una comunidad ni sector determinado, sino al conjunto del Pueblo Mapuche y que se evaluarán acciones a seguir tanto en el plano local como internacional.  


 Comunicaciones Red por la defensa de los territorios


VER REFERENCIAS




PROYECTO HIDROELÉCTRICO TACURA DE LA EMPRESA “TRACURA ENERGÍA S.A” / http://seia.sea.gob.cl/expediente/ficha/fichaPrincipal.php?modo=ficha&id_expediente=2128560599

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