Servicio de Salud Ñuble inicia proceso de apoyo para la elaboración de los planes comunales de salud
Con miras a la programación en red y al desarrollo de los planes comunales de salud 2016, el Servicio de Salud Ñuble realizó una jornada de trabajo con el objetivo de establecer las directrices y aunar criterios para la elaboración de la planificación anual.
La instancia contó con la participación de los directores de establecimientos de salud de la red jefes de los distintos departamentos de salud municipal de la provincia.
El Director provincial de salud, Iván Paul, explicó que “el plan de salud comunal es una herramienta ordenadora para la gestión municipal y debe estar incorporado en el Pladeco”.
El directivo agregó que “estos planes están considerados en la ley, por lo que es una obligación hacerlos. Nosotros queremos hacer un llamado a los municipios a cumplir esta norma, no solamente por hacer el trámite administrativo, sino que aprovechemos esta herramienta para planificar hacia dónde queremos avanzar y que la gente conozca qué se está planificando; lo que se va realizar durante el año. En síntesis aprovechar este instrumento para que nosotros la podamos tomar, planificar y podamos trabajar mejor nosotros y dar una mejor atención a los usuarios”, explicó.
En forma paralela al desarrollo del plan comunal de salud los establecimientos deben realizar la programación en red, proceso que también fue abordado en la jornada.
El profesional explicó que: “La programación guía el trabajo local cada año, se establecen las coberturas y rendimientos de los planes de salud por edad, se fijan las metas de producción, el uso de protocolos, reuniones con la comunidad, entre otros aspectos. Adicionalmente se elaboran los planes de capacitación del personal”.
“Anualmente transferimos a los municipios de Ñuble más de 20 mil millones de pesos, que incluyen el financiamiento percápita y recursos para programas de salud, por lo tanto, debemos asegurar la mejor utilización de esos recursos”, añadió Iván Paul.
Plan de salud comunal
Es la herramienta operativa con que cuenta la salud municipalizada en una comuna y que recoge las orientaciones sectoriales para el despliegue de actividades como también, las particularidades del contexto local y las expectativas y necesidades de su población a cargo, para cada año.
Según la Ley 19.378 (art 12); es de responsabilidad de las entidades de administración municipales, formulación de un plan o proyecto de programa de salud municipal enmarcado en las orientaciones y normas técnicas que cada año formula el Minsal.
¿Qué aspectos debe considerar un plan de salud comunal?
Los planes de salud comunal deben recoger los problemas locales de salud, en el marco de las normas técnicas y programáticas impartidas por el Ministerio de Salud y las prioridades por los Servicios de Salud y niveles locales respectivos.
Además, deben contar con un diagnóstico comunal participativo de salud actualizado, este aspecto es básico para la definición de la dotación comunal y establecer estándares por población ajustados a la realidad local.
Otro de los aspectos a considerar es la evaluación de las acciones y programas ejecutados anteriormente, la asignación de prioridades de acuerdo a los problemas de salud señalados, la determinación de actividades frente a cada problema priorizado, un programa de capacitación del personal que emane de las necesidades de los establecimientos e indicadores de cumplimiento y resultado de metas programadas.
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