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Impunidad de Estado: el caso Gustavo Gatica y la herida abierta de la justicia chilena

La absolución del exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo por el cegamiento de Gustavo Gatica no es solo el cierre judicial de uno de los casos más emblemáticos del estallido social. Es, sobre todo, una señal política devastadora. Un mensaje nítido y brutal: en Chile, cuando la violencia proviene del Estado, la justicia retrocede; cuando el victimario porta uniforme, la impunidad avanza.



El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió a Crespo pese a tener por acreditado un hecho central: el disparo que dejó ciego a Gatica salió de su escopeta antidisturbios. El fallo no discute el resultado —la pérdida total de la vista de un joven manifestante— sino que lo justifica. Y lo hace amparándose en una interpretación extrema de la legítima defensa y en un vacío reglamentario que termina por proteger al victimario y condenar, otra vez, a la víctima.

La sentencia sostiene que no existía una regulación precisa sobre distancia o direccionamiento del disparo y que, al momento de recibir el impacto, Gustavo Gatica portaba una piedra, considerada por el tribunal como una “agresión activa potencialmente letal”. Esa sola afirmación —una piedra frente a una escopeta disparada al rostro— revela el corazón ideológico del fallo: una concepción del orden público donde la vida y la integridad de los manifestantes valen menos que la discrecionalidad policial.

La legalización de la impunidad

Lo más grave no es solo la absolución. Es el fundamento jurídico que la hace posible. Tal como han señalado abogados de derechos humanos, entre ellos Mauricio Daza, el tribunal aplicó retroactivamente la figura de la “legítima defensa privilegiada” incorporada en la llamada Ley Nain-Retamal, una normativa aprobada durante el gobierno de Gabriel Boric tras una ofensiva política y mediática que exigía “respaldo irrestricto” a las policías.

Esa ley —defendida como una respuesta a la inseguridad— terminó convirtiéndose en un escudo penal para agentes del Estado que hacen uso desproporcionado de la fuerza. En la práctica, invierte la carga moral del conflicto: ya no es el funcionario quien debe justificar el uso de armas potencialmente letales, sino la víctima quien debe probar que no representaba una amenaza suficiente como para merecer ser mutilada de por vida.

Que una norma aprobada por un gobierno que se reivindicó heredero del estallido social sea hoy utilizada para consagrar la impunidad policial es una paradoja amarga. Pero no es solo una paradoja: es una responsabilidad política que no puede eludirse.

El estallido social, otra vez en el banquillo

El caso de Gustavo Gatica se suma a una larga lista de causas donde la justicia chilena ha sido incapaz —o renuente— a sancionar violaciones graves a los derechos humanos cometidas por fuerzas represivas durante el estallido de 2019. Más de 400 personas con trauma ocular, miles de denuncias por apremios ilegítimos, torturas, violencia sexual. Y, sin embargo, las condenas son excepcionales; las absoluciones, la regla.

La presencia en la audiencia del diputado ultraderechista Johannes Kaiser y de la senadora electa Camila Flores no fue un detalle menor. Fue una señal. El fallo fue celebrado —explícita o implícitamente— por sectores que nunca ocultaron su respaldo a la represión y su desprecio por las demandas sociales que estallaron en octubre de 2019. Para ellos, la absolución no es un problema: es una victoria cultural.

Desde el oficialismo, las reacciones fueron de consternación. El diputado Gonzalo Winter habló de una “nueva injusticia”. La presidenta del Frente Amplio, Constanza Martínez, afirmó que el fallo “consagra la impunidad frente a una grave violación de derechos humanos”. La diputada Emilia Schneider recordó que su sector se opuso a la Ley Nain-Retamal precisamente por estos riesgos. Todas declaraciones justas. Todas, también, tardías.

Democracia erosionada

Cuando un agente del Estado deja ciego a un ciudadano y no hay sanción, la democracia se vacía de contenido. No se trata de un debate técnico ni de una discrepancia jurídica razonable. Se trata del núcleo del pacto democrático: el monopolio de la fuerza solo es legítimo si está estrictamente limitado por la ley y subordinado al respeto irrestricto de los derechos humanos.

El fallo en el caso Gatica erosiona esa base. Envía un mensaje inequívoco a las fuerzas policiales: el uso desmedido de la fuerza no solo es tolerado, sino jurídicamente defendible. Y envía otro, igualmente brutal, a la ciudadanía: protestar puede costarte los ojos, y nadie responderá por ello.

Chile no puede normalizar esta impunidad. No puede aceptar que el trauma ocular sea un “daño colateral”, que la mutilación sea un riesgo asumible del ejercicio de derechos fundamentales. La justicia no puede seguir operando como un muro de contención para proteger al Estado de sus propias violencias.

La herida que dejó el disparo que cegó a Gustavo Gatica no es solo física. Es una herida política, ética y democrática. Mientras no haya verdad, justicia y garantías reales de no repetición, el estallido social no habrá terminado. Solo habrá sido reprimido… y absuelto.

Paul Walder

Tomado del  diario El Clarín

 

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