El 4° Juzgado Civil de Santiago, en resolución de fecha 24 de Agosto, acogió la medida prejudicial probatoria, solicitada por el senador Alejandro Navarro, en el marco del proceso de nulidad de derecho público de la fusión de AFP Provida con Acquisition.
Tras lo anterior, el Superintendente Osvaldo Macías, deberá exhibir un conjunto de 19 documentos, relacionados con la creación ficticia de la AFP, Acquisition.
El senador Navarro indicó que “lo cierto es que la AFP Acquisition –tal como ocurrió con Argentum- nunca funcionó, nunca tuvo afiliados, nunca entregó beneficios, sino que fue una operación simulada , para obtener el goodwill, y así dejar de pagar 288 millones de dólares al Fisco de Chile, hablamos de más de 183 mil millones de pesos”.
Recordemos que la Controlaría General de la República, determinó que el procedimiento en ambas fusiones, fue irregular, por lo que dispuso que la Superintendencia de Pensiones, iniciara un proceso de invalidación de las dos fusiones.
El parlamentario dijo que “esta operación es similar, a la otra fusión de AFP Cuprum con Argentum, que le significa al grupo Principal, dejar de pagar 80 mil millones de pesos, en impuestos al estado chileno”.
Agregó que “si bien, la superintendencia de Pensiones tiene facultades para aprobar fusiones de AFP reales, con afiliados, con fondos, que paguen pensiones, no tiene facultades para aprobar la creación de una AFP de papel”.
En esta misma línea dijo que “el argumento de que los patrimonios actuales, de dichas AFP son enormes y eso da seguridad a los afiliados, es una falacia. Eso podría ser hoy. Sin embargo, nadie asegura por cuanto tiempo esos grupos económicos, estarán en el negocio de las AFP, son muchos los grupos que han estado en el mercado, han vendido, se han retirado de Chile y por lo tanto, el tamaño y el prestigio que pudiera tener tal o cual grupo, pasa a ser irrelevante”.
Y ejemplificó, “así es como ha sucedido con el grupo Santander, el grupo Aetna, el cuestionado grupo Penta, el grupo alemán Allianz en los los seguros previsionales y así muchos que se retiraron del negocio de las pensiones en Chile”.
La resolución en causa rol C-17860-2016 señala que “atendido el mérito de lo expuesto por la parte solicitante, y de conformidad con los artículos 273 y 278 del Código de Procedimiento Civil, se hace lugar a la medida prejudicial preparatoria de exhibición de documentos solicitada, debiendo comparecer don Osvaldo Macías Muñoz, en su calidad de superintendente de pensiones, personalmente o representado, a la audiencia del quinto día hábil después de notificado a exhibir los documentos objeto de presente gestión, a las 10 horas”.
Ante este escenario el senador Navarro anunció que en los próximos días procederá a interponer la Acción Constitucional de Nulidad de Derecho Público, de esta cuestionada fusión.
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