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Las mutuales defraudan al Fisco en $90 mil millones al año

Durante el año 2014 se tramitaron en Chile 4,3 millones de licencias médicas, aumentando en un 9,6% en comparación con el año 2013. De estas, el 71% pertenecieron a Fonasa y el otro 29% a isapres. Pero tal como venimos diciendo desde el año 2012[i], no todas las licencias que llegan a Fondo Nacional de Salud son a causa de enfermedades de origen común, sino que muchas corresponden a enfermedades profesionales o accidentes del trabajo, que deberían asumir las mutuales, y no por el sistema público como ocurre hoy.

“Hay licencias que son de origen laboral que las estamos pagando como curativas”, dijo este sábado la directora de Fonasa, Jeanette Vega, en una conferencia de prensa donde dio a conocer que Fonasa está asumiendo 540 mil licencias médicas que le correspondería asumir a las mutuales, debiendo desembolsar el Fisco más de $90 mil millones al año.

Esta situación la hemos venido denunciado en reiteradas ocasiones. Prueba de esto, es que con fecha 14 de enero de 2013, casi dos mil millones de pesos fueron devueltos por las mutuales a la isapre MasVida, por concepto de licencias médicas que la isapre pagó por prestaciones, que en realidad correspondían a accidentes del trabajo que habían sufrido trabajadores y trabajadoras beneficiarios de la ley 16.744[ii].

Es así como el 24 de octubre de 2013 solicitamos al director de Fonasa de ese entonces, Arturo San Martín, se cree una Junta Médica especial de Fonasa que revise todos las licencias de accidentes laborales y enfermedades profesionales que son rechazados por las mutuales y la superintendencia de Seguridad Social, y que son derivados al sistema público, sin que se tomasen medidas ante nuestra denuncia[iii].

En múltiples ocasiones, advertimos el origen de este fenómeno, que se origina a través de incentivos perversos; ya que si un accidente no es calificado como laboral por la mutual o la Superintendencia de Seguridad Social, o no es denunciado como tal, disminuye la tasa de accidentabilidad de la empresa, por tanto, al ser estas menos riesgosas, permite que la prima que cobra la mutual al empleador, para efectos del seguro laboral, mantenga o disminuya su valor.

Por otro lado, permite a las mutuales evitar atender a los trabajadores beneficiarios de la ley 16.744 y lucir cifras, como las de la mutual Asociación Chilena de Seguridad (AChS), que se jactan de haber bajado la tasa de accidentabilidad de sus empresas al 4%.

Además con lo anterior, al no brindar atención a trabajadores beneficiarios de la ley 16.744, las mutualidades generan las condiciones necesarias para atender a particulares y lucrar. Esto, ya que mediante el decreto ley 1819 (promulgado en Dictadura), artículo 29, “las mutualidades quedan facultadas para extender la atención médica a particulares cuando estén en condiciones para ello, sin desmedro de las funciones y obligaciones que les encomienden o imponen la legislación que les es aplicable, sus reglamentos o estatutos”.

Con esto, las mutuales han podido aumentar sus ganancias hasta en un 153%, las que luego retiran a través de sociedades espejos, al igual que las universidades privadas. A modo de ejemplo, la ACHS con casi 50% de participación en el “mercado de las mutuales”, tiene participación en una serie de sociedades anónimas; entre estas podemos encontrar el Laboratorio Bionet con un 33.33%, Sorema S.A con 75%, Sorema del sur S.A con un 30%, Sorema del norte S.A con un 30% Imágenes 2001 S.A con el 34%, SMI Concepción S.A con el 20%, SRM Concepcion S.A con el 10.64%, SMMN Concepción S.A con un 20%, SMI S.A con un 22.2%, SMI Temuco S.A 49.14%, Esachs 99%, CEM HTS 99.99%, entre tantas otras.

Ya por el año 2011, Ciper advertía sobre el imperio de negocios que la ACHS creó con las cotizaciones de los trabajadores[iv]. Pero lo que faltó investigar fueron las consecuencias que este perverso sistema trae al sistema público, la pregunta era ¿quién paga? Fonasa, ¿cuánto?, más de 90 mil millones al año.

Es así como las mutuales, entidades que fueron creadas para prevenir y resguardar a los trabajadores en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales, desvirtuaron el espíritu de la ley 16.744 la que fuese promulgada el año1968, en el Gobierno de Eduardo Frei Montalba, convirtiéndose hoy en una máquina de defraudar el Estado.

Pero esta situación no compete sólo a las mutuales. La Superintendencia de Seguridad Social también juega un rol como organismo fiscalizador. La Suseso, es el organismo estatal encargado a revisar todas las apelaciones y reclamaciones cuando la mutual rechaza una licencia médica laboral. Cabe señalar que de cada 10 apelaciones presentadas ante la Suseso, 7 son rechazadas.

Un dato a la causa es que el año 2005, el sindicato de la ACHS (SNTACHS), realizó una presentación a la SUSESO, dirigida en ese entonces por el Sr. Javier Fuenzalida Santander donde se solicitó fiscalizar la creación de la ESACHS, empresa que según las propias palabras del presidente del sindicato de la ACHS de la época, don Víctor Quijada esta “desnaturalizando” la ley 16.744, ante lo cual la Suseso no fiscalizó. Lo particular de esto, es que Javier Fuenzalida Santander pasaó de la Superintedencia de Seguridad Social directo a la gerencia de RRHH de la AChS, en una muestra más de la vinculación política-dinero que también se da en las superintendencias.

Hoy, Fonasa tiene el deber jurídico de presentar todos los antecedentes que posee a la Fiscalía y que se determine el fraude al Fisco sistemático por parte de las mutuales. Así mismo se debe solicitar a la Contraloría realice un juicio de cuentas para determinar los montos defraudados y que estos sean devueltos al Estado.

Del mismo modo, como legisladores, también tenemos un deber. Por una parte, la Cámara de Diputados debe dar origen a una Comisión Investigadora, para lo cual hemos hecho entrega de todos estos antecedentes al ex presidente de la comisión de Trabajo, diputado Tucapel Jiménez. Así como también debemos legislar para recuperar las mutuales para los trabajadores, recuperar el espíritu de la ley 16.744 que es resguardar y proteger a los trabajadores en caso de accidentes o enfermedades laborales.

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