Comunidad Atacameña de Peine interpone reclamación judicial y solicita paralización inmediata de proyecto minero NX1 ante Tribunal Ambiental
La Comunidad Indígena Atacameña de Peine ingresó este 14 de julio una reclamación de nulidad ante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta en contra de la resolución del Comité de Ministros que aprobó el proyecto “Planta de Producción de Sales de Potasio, SLM NX Uno de Peine”.
La acción legal busca anular la aprobación ambiental de la iniciativa y solicita, mediante una medida cautelar, la suspensión inmediata de todos sus efectos para evitar un daño irreversible al ecosistema del Salar de Atacama.
El proyecto NX1, que pretende extraer salmuera del Salar, fue aprobado el pasado 7 de mayo de 2026, revirtiendo una historia de tres rechazos técnicos sucesivos ocurridos en 2012, 2017 y 2025. La Comunidad denuncia que esta aprobación se basó en una línea de base ambiental del año 2009, la cual es considerada
"obsoleta" frente al actual estado de estrés hídrico de la cuenca.
Presidente de la Comunidad de Peine, Sergio Cubillos, enfatizó “no permitiremos que se ponga en riesgo nuestra supervivencia por una decisión política que ignora 17 años de rechazos técnicos. El agua de las vegas de Tilopozo y del acuífero Monturaqui es el corazón de nuestra cultura y territorio ancestral. Hemos recurrido al Tribunal Ambiental porque la aprobación de NX1 es un acto de injusticia que nos excluyó de la decisión y que utiliza información de hace dos décadas para un Salar que hoy está al límite. Pedimos la paralización del proyecto porque no se puede experimentar con nuestro patrimonio hídrico bajo incertezas que el propio Estado reconoció y hoy prefiere ignorar".
Un riesgo hídrico bajo incerteza técnica
La reclamación presentada expone que el Comité de Ministros incurrió en un vicio de incompetencia al sustituir el criterio técnico del SERNAGEOMIN. Dicho organismo especializado había advertido que los antecedentes del titular eran insuficientes para descartar la contaminación de las aguas subterráneas producto del apilamiento de sales de descarte.
“La autoridad aprobó el proyecto imponiendo una condición contradictoria: declara que la información geoquímica es innecesaria para dar el permiso, pero al mismo tiempo obliga a la empresa a entregar esos mismos datos en el futuro”, señala el escrito judicial, argumentando que se está "aprobando primero y verificando después" el impacto sobre las vegas de Tilopozo y las lagunas La Punta y La Brava.
Exclusión de la comunidad
Un punto crítico de la denuncia es la exclusión participativa de la comunidad. A pesar de que Peine fue reconocida como parte interesada, el Comité de Ministros rechazó su solicitud de ser oída en la sesión decisiva bajo la fórmula "no ha lugar", vulnerando estándares del Convenio 169 de la OIT y la propia Ley Indígena.

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