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Apablaza recurre ante el Comité Contra la Tortura de la ONU: la lucha contra la extradición como frente de combate democrático

 

Por Valeria Menéndez

La reciente presentación de una comunicación individual ante el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas por parte de Galvarino Apablaza Guerra no constituye un mero acto procesal defensivo, sino la apertura de un campo de batalla político y jurídico de alcance internacional. En ella se denuncia que el Estado argentino, en abierta contradicción con sus obligaciones convencionales, ha activado un mecanismo de persecución que pretende consumar su extradición a Chile sin respetar garantías elementales del debido proceso, ni el principio de no devolución que prohíbe entregar a una persona cuando existen razones fundadas para temer que será sometida a tortura o tratos crueles. La gravedad del caso se intensifica por la situación concreta en que se encuentra Apablaza: un hombre de 75 años, enfermo de cáncer, portador de un marcapasos, que ya fue víctima de tortura sistemática bajo la dictadura pinochetista y cuya condición de refugiado fue reconocida precisamente sobre la base de esos antecedentes.

Galvarino Apablaza Guerra ( en la derecha)


El núcleo de la reclamación es devastador para la legalidad que invocan los gobiernos de Chile y Argentina. El procedimiento de extradición que se pretende reactivar se encuentra jurídicamente cerrado desde 2010, cuando el Estado argentino reconoció a Apablaza como refugiado, en aplicación de la Convención de Ginebra y su propia legislación interna. No existe una nueva solicitud de extradición válida, ni se han agotado las instancias judiciales en torno a la arbitraria revocación de su estatus de refugiado, cuestión actualmente sometida a conocimiento de la Corte Suprema argentina. A pesar de ello, el Ministerio de Seguridad ha impulsado su detención e incluso ha ofrecido recompensa por información sobre su paradero, en un gesto que revela no sólo la voluntad de criminalización anticipada, sino el abandono deliberado de los estándares mínimos del Estado de derecho. La defensa ha señalado, con razón, que esta conducta estatal vulnera de forma directa la obligación internacional de evaluar el riesgo de tortura antes de cualquier entrega, obligación que no admite excepciones.

Pero el caso Apablaza no puede comprenderse al margen de su dimensión histórica. Militante comunista, combatiente contra la dictadura de Augusto Pinochet, integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, su trayectoria se inscribe en una de las experiencias más intensas de resistencia revolucionaria en América Latina. Las acusaciones que pesan en su contra —ligadas al asesinato del senador Jaime Guzmán— nunca han sido objeto de un juicio en Chile, y se apoyan en declaraciones obtenidas bajo tortura en los años más oscuros de la represión. Este elemento, lejos de ser accesorio, constituye el fundamento mismo del reconocimiento de su condición de refugiado: el temor fundado de ser perseguido no por actos comprobados en un proceso regular, sino por su pertenencia política y por pruebas viciadas desde su origen.

La ofensiva actual adquiere así un carácter inequívocamente político. La articulación entre sectores del pinochetismo chileno y el aparato estatal argentino, reactivada con renovada fuerza tras el ascenso de la derecha en Chile, busca convertir a Apablaza en un símbolo de escarmiento. La narrativa oficial, que lo presenta como “terrorista prófugo” y para la vocera del gobierno de Kast como «condenado», omite deliberadamente que nunca ha sido juzgado y que su situación está aún sujeta a revisión judicial. Más aún, invisibiliza el hecho de que el derecho internacional prohíbe categóricamente la utilización de pruebas obtenidas mediante tortura, pues ello no sólo compromete la integridad del proceso, sino que corroe los cimientos mismos del Estado de derecho.

En este contexto, la presentación ante el Comité contra la Tortura no es un recurso más, sino una apelación directa a la comunidad internacional frente a la inminencia de un daño irreparable. La solicitud de medidas cautelares busca impedir que la extradición se concrete antes de que se resuelvan las cuestiones de fondo, en particular la vigencia del principio de no devolución y la existencia de garantías judiciales efectivas. Lo que está en juego no es únicamente la suerte individual de Apablaza, sino la vigencia misma de un sistema de protección internacional construido precisamente para impedir que los Estados dispongan arbitrariamente de la vida y la libertad de las personas.

Solidarizar con esta reclamación no es un acto de adhesión personal, sino una toma de posición frente a una deriva regresiva que amenaza con reinstalar prácticas propias de los regímenes de excepción bajo el ropaje de la legalidad democrática. La defensa del principio de no devolución, la denuncia de los juicios basados en tortura y la exigencia de respeto a las garantías procesales constituyen hoy una línea de demarcación fundamental. El caso Apablaza interpela, en definitiva, a todos aquellos que comprenden que la vigencia de los derechos humanos exigen una solidaridad activa y consciente frente a la arbitrariedad estatal, porque es en ese terreno, el de la movilización popular aquél en el que en defintiva tales reclamos democráticos se impondrán.

Publicado por https://elporteno.cl/

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