El Juzgado de Garantía de San Carlos dejó hoy –jueves 15 de octubre– sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total del gerente general de ventas de la empresa Itelecom, Pedro César Guerra Guerrero, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de soborno. Ilícito perpetrado entre agosto de 2019 y abril pasado.
En la audiencia de formalización de la investigación (causa rol 471-2020), realizada por videoconferencia, la magistrada Claudia Gómez decretó la cautelar por considerarla proporcional a los fines del procedimiento y por estimar que, con relación al imputado, concurren los presupuestos materiales en cuanto a antecedentes que justifican la existencia del delito y presunciones fundadas de participación de Guerra Guerrero en los hechos.
“La necesidad de cautela viene dada por asegurar la comparecencia del imputado a los actos del procedimiento y proporcional a la eventual sanción, en consideración a que este tipo de ilícito se encuentra sancionado como pena de crimen. El Ministerio Público es el llamado a efectuar las solicitudes al tribunal de las medidas cautelares, siendo este que, en definitiva, estima que, en este caso, la entidad de la medida cautelar como suficiente para asegurar la comparecencia del imputado”, razonó la magistrada Gómez.
En la audiencia, además, el Ministerio Público solicitó la ampliación del plazo de investigación y reformalizó la indagatoria en la que se encuentran imputados, desde mayo pasado: el juez de Policía Local de Pemuco, Marcelo Campos Henríquez, sindicado por el Ministerio Público como autor de los delitos de cohecho y violación de secretos; el exadministrador de la Municipalidad de Chillán, Ricardo Vallejos Palacios, como autor del delito de cohecho, y el dueño y gerente de la empresa Itelecom Holding Chile SpA, Marcelo Lefort Hernández, por soborno, quienes permanecen en prisión preventiva.
Al resolver la ampliación del plazo de la investigación, la jueza acogió la solicitud del Ministerio Público, pero solo accedió a extenderla por cuatro meses más.
“Si bien el legislador ha establecido que el plazo legal no puede superar los dos años, en definitiva es el juez de Garantía quien va regulando esta facultad del Ministerio Público en cuanto a ir limitando los plazos de investigación. Lo que debe tenerse presente al momento de regular no es solo la complejidad de la investigación o de los antecedentes que se quieran recabar, pero lo cierto es que existe el derecho del imputado de ser juzgado en tiempo justo y razonable y, en ese contexto, el plazo solicitado por el Ministerio Público de 12 meses no se condice con las medidas cautelares que se encuentran decretadas respecto de los imputados, que se encuentran completamente privados de libertad”, resolvió la jueza.
Incompetencia
Concluida la audiencia, y de oficio, la magistrada Gómez abrió debate sobre la competencia del tribunal para tramitar una causa, cuyos hechos indagados habría ocurrido fuera del territorio jurisdiccional del Juzgado de Garantía de San Carlos.
Tras escuchar a los intervinientes, la magistrada se declaró incompetente y ordenó la remisión de los antecedentes al Juzgado de Garantía de Chillán.
“Lo cierto es que ya transcurridos cinco meses desde el inicio de esta investigación de manera formalizada no hay situaciones concretas que permitan establecer la existencia de hechos ocurridos dentro de la jurisdicción de este tribunal, que permitan estimar que esta juez y este tribunal son competentes para continuar conociendo de la investigación. Lo cierto es que los antecedentes vertidos en esta audiencia dan cuenta de hechos ocurridos en razón de una licitación abierta por la Municipalidad de Chillán, antecedentes que permitan estimar a esta juez que no hay, hasta este momento, ninguno que vincule la investigación con el territorio jurisdiccional”, sostuvo Claudia Gómez.
Por ello, agregó: “(…) se declara la incompetencia de este Juzgado para seguir conociendo de los antecedentes, disponiendo la remisión de todos los antecedentes al Juzgado de Garantía de Chillán, manifestando se entienda trabada la competencia en el caso de que el tribunal se declare incompetente, rechazando la destinatoria efectuada por este Juzgado ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán”.
Los hechos
Según el ente persecutor, mediante una investigación que incluyó la interceptación de teléfonos y seguimientos, se logró detectar que entre 2016 y 2017, los imputados representantes de la empresa Itelecom, previamente concertados, decidieron como política de la empresa ofrecer sobornos a funcionarios públicos con el objeto de asegurar la adjudicación de licitaciones públicas vinculadas a la instalación de luminarias led en distintas comunas del país.
En dicho contexto, el imputado Lefort Hernández contactó en el primer semestre de 2019 y ofreció dinero, a Marcelo Campos Henríquez y, por su intermedio, a Ricardo Vallejos Palacios con la intención de favorecer a su empresa en el proceso de licitación. Para lo cual Campos sostuvo reuniones con Lefort Hernández y Guerra Guerrero, las que, posteriormente, se tradujeron en la adjudicación irregular de la licitación de recambio de luminarias públicas de la ciudad de Chillán, a la empresa Itelecom por un monto de $3.200.000.000 (tres mil doscientos millones de pesos).
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