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Relator ONU hizo un llamado a dejar atrás enclaves de la dictadura que restringen la manifestación pública

·         Los aspectos más preocupantes son la persistencia del Decreto 1086 de Pinochet que restringe el derecho de reunión, la violencia excesiva de FFEE de Carabineros y la propuesta de reponer la detención por sospecha, aprobada recientemente por la Cámara de Diputados.

·         Asimismo, precisó que contraviene este derecho humano el pedir autorización para manifestarse y que recorridos solo pueden ser modificados por la autoridad cuando existe otra manifestación en el mismo perímetro o la posibilidad de afectar lugares sensibles, como hospitales.




Por Paulina Acevedo

En conferencia de prensa para entregar primeras impresiones de lo observado durante su visita oficial a Chile, del 21 al 30 de septiembre, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai, manifestó su preocupación por la persistencia de enclaves de la dictadura que afectan estos derechos humanos.

Al respecto, el Relator aclaró que “la transición no fue un corte nítido sino gradual, dejando remanentes de antaño que no tienen cabida en el Chile de hoy” y que es urgente dejar atrás, más aún cuando “el país enfrenta desafíos sociales profundos y significativos” que se expresan las demandas que la ciudadanía. Permitiendo la garantía de estos derechos “que los grupos sub-representados, tales como la juventud, las personas de escasos recursos y los pueblos indígenas, puedan amplificar su voz”.

De acuerdo a Kiai, “el fantasma de esa época acecha especialmente al sector de la seguridad, principalmente la policía —y específicamente las Fuerzas Especiales— en su función de custodiar los conflictos sociales y manifestaciones, […] relacionado al uso excesivo de la fuerza, el no poder aislar los elementos violentos en las manifestaciones mientras se reprime más brutalmente a los manifestantes pacíficos, el apremio de activistas, la impunidad posterior a estos abusos y mucho más”.

“Esta brutalidad policial en el contexto de protestas callejeras” se evidenció en las manifestaciones de los estudiantes que reclaman una reforma a la educación, donde “las Fuerzas Especiales utilizaron balines de goma, balines de pintura, gases lacrimógenos y lanza aguas, a veces con consecuencias dramáticas”, como ocurrió con el arquitecto Enrique Eichin el 2013, quien perdió su globo ocular izquierdo y que se encontraba presente durante la conferencia. Otros casos mencionados por el Relator fueron las lesiones ocasionadas por el carro lanza aguas al estudiante Rodrigo Avilés en mayo de 2015, que le mantuvieron en coma por cerca de dos meses; el asesinato del trabajador del cobre Nelsón Quichillao, en abril de 2015, muerto por un balín de acero de fuerzas especiales; y el violento desalojo de la sede de CONADI en Temuco, incluido mujeres y niños, sin cumplir la resolución judicial que obligaba la presencia del INDH.

Ante la gravedad de estos hechos, al Relator le “inquieta” el que algunos de estos casos sean vistos por la justicia militar, que “no ofrecen suficientes garantías de independencia e imparcialidad en tales casos” y por “la impunidad que promueve. Citando estadísticas del INDH que informan de 40 mil casos de abuso policial en e periodo 1990-2011, con solo 1,5% de ellos con sanción para “los victimarios”. Instando a la modificación del Código de Justicia Militar, como ordena el fallo Palamara que condenó al Estado de Chile.

Normas de la dictadura

Otro foco de preocupación, son las disposiciones dictatoriales que restringen este derecho y que siguen siendo utilizadas por los actuales gobiernos. En efecto, “mientras que la Constitución de Chile reconoce este derecho (a la reunión pacífica), su ejercicio se encuentra indebidamente restringido por el Decreto Supremo 1086 (1983), el cual permite a las autoridades locales impedir o disolver las manifestaciones que no hayan sido previamente autorizadas por las autoridades y negar el permiso a manifestaciones que se consideran alteran la circulación del público”.

Al respecto, el Relator precisó que es incompatible con el derecho internacional y contraviene este derecho humano el pedir autorización para manifestarse, y “que el Estado puede, a lo sumo, pedir una notificación previa”, ello a objeto de permitir a las autoridades “facilitar el ejercicio del derecho a la reunión pacífica y tomar las medidas para proteger a los manifestantes, la seguridad pública, el orden y los derechos y libertades de otros”. Aclarando “que los recorridos informados solo pueden ser modificados por la autoridad cuando existe otra manifestación en el mismo perímetro o la posibilidad de afectar lugares sensibles, como hospitales”.
Dado que dicho Decreto constituye una disposición del ejecutivo, ésta puede ser revocada por una resolución similar, confirmó el Relator, por lo que solicitaría en su reunión con la Presidenta Bachelet avanzar en este camino para adecuar la legislación interna a los estándares de derechos humanos a los que el Estado está obligado.

El Relator Kaiai manifestó asimismo su rechazo al control preventivo de identidad de manifestantes por parte de la policía, de forma “aleatoria, sin evidencia específica de que hayan cometido o estén a punto de cometer algún delito […] y, de no ser proporcionada, su detención”, que si bien fue informado por las autoridades no son realizados en contextos de protestas, múltiples testimonios confirman que esta práctica continúa realizándose.

Y aún más a la adopción de nuevas leyes que avanzan en el mismo sentido, como es el Proyecto de Ley para el control preventivo de identidad recientemente aprobado por la Cámara de Diputados, permitiendo “la entrega de mayores facultades y discrecionalidad a las fuerzas del orden generará oportunidades para la represión y abuso de autoridad, con poco o ningún control y contrapeso”, lo que “es difícilmente aceptable desde la perspectiva de un Estado democrático de Derecho”. Siendo además hecho constatado que este tipo de disposiciones no han logrado demostrar ser una herramienta eficaz en el control de la delincuencia, agregó.

El informe final del Relator sobre Chile será presentado en junio de 2016 ante el Comité de Derechos Humanos, por lo que durante todo este periodo la relatoría esta abierta a la recepción de nueva documentación sobre la situación de estos derechos en el país.

Participación sociedad civil y sindicatos en definición de políticas públicas

Finalmente, a objeto de favorecer otros canales para la expresión de demandas sociales y participación efectiva de la ciudadanía en el contexto de movilización social, el Relator hizo un llamado al gobierno a considerar las “visiones y opiniones (de la sociedad civil) en las políticas públicas de todo tipo, tal como lo hace con empresarios, académicos y expertos”. Señalando que “resulta claro que el Gobierno valora las contribuciones del sector privado a la economía y la política. Pero no es tan obvio que valore de igual modo las asociaciones de la sociedad civil, incluyendo los sindicatos”. 

Por lo mismo, y en línea con su informe a ser presentado a la Asamblea General de las Naciones Unidas en el mes de octubre de este año, alentó “al Gobierno a facilitar un entorno propicio para la sociedad civil similar al acordado para las empresas”.

Informe completo de adelanto del Relator Kiai, puede ser consultado en:

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