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Corte Suprema acoge Recurso de Protección contra CMPC por nuevos episodios de contaminación en Nacimiento

 La Corte Suprema falló a favor de los vecinos de Nacimiento, reconociendo la grave y persistente contaminación generada por la planta de celulosa Santa Fe de CMPC en noviembre de 2022. El fallo exige una acción inmediata y coordinada por parte de los organismos fiscalizadores y la empresa.

 

En un fallo histórico, la Corte Suprema acogió el Recurso de Protección interpuesto por los vecinos de Nacimiento tras los graves episodios de contaminación ocurridos en noviembre de 2022, provocados por la planta de celulosa Santa Fe de CMPC. La sentencia reconoce la magnitud del problema, critica la ineficacia de los organismos fiscalizadores y ordena la implementación de medidas urgentes para resguardar la salud de la población y el medio ambiente.
Reconocimiento de la grave contaminación
La Corte Suprema reconoció formalmente la situación de contaminación provocada por CMPC en Nacimiento, destacando que se trata de un problema grave y persistente. Durante el episodio de emergencia ambiental, que se prolongó entre el 13 y el 20 de noviembre de 2022, se reportaron malos olores y la liberación de gases perniciosos que afectaron severamente la salud de la comunidad. La contaminación generó síntomas como vómitos, dolores abdominales, congestión nasal, irritación respiratoria y ocular, náuseas, dolores de cabeza y mareos.
Esta ocasión fue particularmente grave dado que las y los principales afectados con esta intoxicación masiva fueron niños y niñas desde prekinder a 4to básico, profesores y asistentes de la Escuela Toki Lautaro, lo que provocó el colapso de los servicios de urgencia y la suspensión de las clases.
Falta de eficacia de los organismos fiscalizadores
El fallo también critica duramente la labor de los organismos fiscalizadores, señalando que las acciones de la Seremi de Salud y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no fueron suficientes ni oportunas. La Corte Suprema acusa a estos organismos de incurrir en conductas arbitrarias, evidenciando la insuficiencia de sus actuaciones y la falta de coordinación para abordar el problema. Esta ineficacia resulta especialmente grave, considerando los impactos en la salud de las personas y el medio ambiente.
Medidas exigidas por la Corte Suprema
La sentencia de la Corte establece varias obligaciones concretas para los organismos responsables. Entre ellas, se ordena la finalización de los sumarios administrativos en un plazo de 90 días, la implementación de medidas urgentes para proteger la salud de la población y el medio ambiente, y la creación de un espacio de coordinación entre la Seremi de Salud, la SMA, el municipio de Nacimiento y la empresa CMPC. Este espacio deberá generar planes de mitigación y respuesta ante futuros eventos de contaminación. Además, se mandata a la SMA a extremar sus labores de fiscalización para asegurar que la operación de la planta Santa Fe cumpla estrictamente con sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
Reacciones
Ricardo Frez, abogado y director de la ONG Defensa Ambiental, calificó el fallo de la Corte Suprema como “sumamente positivo para la comunidad”, destacando que acoge varios de los planteamientos que históricamente se han levantado contra el funcionamiento de la planta Santa Fe. Frez subrayó la importancia del reconocimiento de los episodios de contaminación y la necesidad de una respuesta más efectiva por parte de los organismos fiscalizadores. Asimismo, valoró la obligación de generar un espacio participativo para establecer un plan de mitigación y evitar futuros episodios de contaminación.
Luis Vergara, concejal de Nacimiento, señaló: “Este fallo nos deja con la conformidad de ver que la Corte Suprema encuentra la razón en quienes pedíamos justicia frente a esta vulneración que se ha hecho repetitiva desde el año 2019. Esperamos que la visión del liderazgo municipal y de la empresa esté a la altura, porque el valor compartido es que la inversión de las utilidades se refleje en calidad de vida para los vecinos y vecinas.”

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