Corte de Apelaciones de Chillán acoge recurso de amparo y ordena a Gendarmería concluir sumario por agresión a internos
La Corte de Apelaciones de Chillán acogió hoy –jueves 31 de marzo– el recurso de amparo presentado por la defensa de dos imputados que cumplen prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán, ordenando a Gendarmería adoptar medidas urgentes por el procedimiento realizado el 11 de marzo pasado que dejó a los internos con lesiones.
En fallo unánime (causa rol 323-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrado por los ministros Guillermo Arcos Salinas, Christian Hansen Kaulen y Claudio Arias Córdova– acogió la acción cautelar presentada en favor de los internos Juan Carlos Vaccaro Lizardi y Jonathan Marcelo Contreras Belmar.
La resolución recoge el informe evacuado por el director regional de Gendarmería, que da cuenta de las lesiones constatadas a los amparados, en el hospital local de Chillán, y que reconoce, además, el uso irracional de la fuerza en el procedimiento.
“De conformidad a los antecedentes del recurso, a juicio de esta Corte, la conducta por parte de los funcionarios de Gendarmería, vulneró los derechos humanos de los amparados, en su condición de internos, empleando para ello un uso no racional de la fuerza y, a consecuencia de lo cual, se les provocó lesiones, lo cual constituye una infracción del deber de cuidado y trato digno que deben cumplir, conforme lo preceptúan los artículos antes transcritos del precitado Decreto Supremo”, sostiene el fallo.
Resolución que agrega que el actuar de Gendarmería fue arbitrario e ilegal; que vulneró la normativa que rige su accionar, ordenando “arbitrar en calidad de urgente, las medidas que correspondan para poner pronto término al sumario administrativo que mantiene pendiente sobre esta materia, hecho lo cual deberá remitirlo al Ministerio Público, conjuntamente con todos los antecedentes necesarios para el esclarecimiento de los hechos”.
Asimismo, continúa, “(…) en lo futuro, deberá tratar dignamente a los internos respecto de los cuales es responsable en cuanto a su seguridad individual, dando estricto cumplimiento a lo establecido en su Reglamento, las leyes, la Constitución Política de la República, los Tratados Internacionales, y en forma especial, lo dispuesto en la Convención contra la Tortura”.
Además, se ordena a Gendarmería informar a la Corte de Apelaciones, dentro del plazo de 30 días, sobre el cumplimiento de las medidas resueltas.
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