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Con argumentaciones de Acuerdo de Escazú, INDH pide que Suprema revise recurso de protección por contaminación en Quintero y Puchuncaví

Quintero


El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso un recurso de apelación en el que pide que el caso de contaminación ocurrido en Quintero y Puchuncaví, en junio de 2022, sea ahora analizado por la Corte Suprema. El recurso incorpora argumentos basados en el recientemente firmado Acuerdo de Escazú, tratado internacional medioambiental, de modo que el tribunal de alzada revise finalmente las 17 medidas que pide el INDH para evitar nuevos episodios como los ocurridos en junio.

En la apelación el INDH recuerda que, durante la tramitación del recurso ante la Corte de Valparaíso por los episodios de junio de 2022, el tribunal denegó el acceso al informe “Situación de Salud de Habitantes de las comunas de Quintero, Puchuncaví y Concón asociado a determinantes de la salud, 2022”. Al respecto, el instituto sostiene que con tal decisión “se infringe el artículo 6 del Acuerdo de Escazú, que establece la obligación de generar y divulgar información ambiental”.

Hay que recordar que el Acuerdo de Escazú fue ratificado por el Congreso en mayo pasado. Se trata del primer acuerdo regional de política ambiental para América Latina y el Caribe, que instaura disposiciones específicas sobre la defensa de los defensores de DD.HH. en asuntos ambientales. De hecho, el artículo 6, invocado por el INDH, dispone que la autoridad, si hay amenaza inminente a la salud pública o al medio ambiente, “divulgará de forma inmediata y por los medios más efectivos toda la información relevante que se encuentre en su poder y que permita al público tomar medidas para prevenir o limitar eventuales daños”.

Además, en el nuevo recurso el INDH reitera a la Corte Suprema que instruya la aplicación de 17 medidas destinadas a procurar que no se produzcan nuevos episodios de contaminación como el que ahora afectó a 317 personas que fueron derivadas al Hospital Adriana Cousiño con síntomas de intoxicación. Se trata de ocho acciones para el Ministerio de Medio Ambiente; tres al Ministerio de Salud; tres a la Superintendencia de Medio Ambiente; una a la Oficina Nacional de Emergencias; y dos a Codelco.


En 2018 el INDH interpuso un recurso por episodios de contaminación ante la Corte de Valparaíso, registrados en agosto y septiembre de ese mismo año. Tal como ocurrió ahora, la acción fue desestimada por el tribunal porteño. Sin embargo, después de esa primera decisión, en un hecho histórico el recurso fue acogido en mayo de 2019 por la Corte Suprema, que además instruyó una serie de medidas.
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Los días 21 y 23 de agosto y 4 de septiembre de 2018 se registró una nube tóxica que provenía del parque industrial. Debido a ella 1.329 personas —en su mayoría niños, niñas y adolescentes, profesores y personas mayores— presentaron síntomas de intoxicación por inhalación de elementos tóxicos. A raíz de estos malestares fueron derivadas a distintos centros de salud de la región, como los hospitales Adriana Cousiño de Quintero y Gustavo Fricke de Viña del Mar.

La Suprema ordenó al Estado adoptar medidas concretas, como identificar cada uno de los elementos nocivos para la salud y el medio ambiente. Son precisamente estas medidas las que están pendientes de verificación y las cuales recordó ahora la Corte de Valparaíso para rechazar el recurso de protección interpuesto por el INDH.

Publicado por https://www.elclarin.cl/

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