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COMUNICADO PÚBLICO POR GRAVE DENUNCIA DE CONTAMINACIÓN EN SECTOR TURÍSTICO DE YUNGAY

Frente a los hechos acontecidos, relativos a la denuncia pública que se ha replicado a través de distintos medios de comunicación, por una eventual “contaminación” del río Cholguán debido a las actividades que está desarrollando el proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica de pasada El Pinar”, declaramos de manera seria y responsable ante la comunidad de Yungay, lo siguiente:

A principios de julio, el Sr. Víctor Soto, vecino del sector de Santa Lucía Bajo, se dirigió a este municipio a presentar una denuncia, en la cual manifestaba su preocupación frente a una eventual contaminación debido a una descarga que se estaba efectuando al Río Cholguán, en el área donde se está construyendo la central de pasada.

Frente al hecho denunciado, los ingenieros ambientales de la municipalidad acudieron a terreno para comprobar el hecho señalado por el vecino del sector. Efectivamente, se constató la presencia de un ducto en la quebrada del cerro que llega al río, por el cual se realizan descargas de un residuo líquido de color grisáceo.

En virtud de lo acontecido y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 65 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el 13 DE JULIO DE 2017 la Municipalidad de Yungay procedió a poner en conocimiento de esta denuncia a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), organismo del Estado que tiene por función fiscalizar el cumplimiento de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) de los proyectos, cuestión que no está ajena a la realidad del proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica de Pasada El Pinar”, que cuenta con Resolución Exenta N°294/2013.

De acuerdo a lo anterior, queda de manifiesto que la Municipalidad de Yungay procedió según lo dispuesto en la legislación vigente, actuando dentro de sus funciones y limitaciones que la ley le establece. Por lo cual, será responsabilidad de las instituciones pertinentes evaluar si el hecho denunciado comprende una falta ambiental y, si fuese efectivo, determinar las sanciones correspondientes.

Por último, hacemos un llamado a la responsabilidad en los hechos que se denuncian públicamente, pues hablar de contaminación o culpar a una entidad natural o jurídica de ser la causante de una contaminación ambiental es un hecho grave, pues por contaminación se entiende, de acuerdo a la letra C del artículo 2 de la Ley 19.300 a “la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, en concentraciones o concentraciones y permanencia superiores o inferiores, según corresponda, a las establecidas en la legislación vigente”.

Es decir, para determinar la existencia de contaminación en el ambiente, se debe llevar a cabo un procedimiento técnico, serio y responsable por los organismos del Estado competentes, y serán estos quienes determinen dicha situación.



En este sentido, hacemos el llamado a NO desinformar a la comunidad manifestando de manera irresponsable que el Río Cholguán se encuentra contaminado en el sector de Santa Lucía Bajo sin tener certeza o el pronunciamiento de los organismos competentes, jugando de este modo con la sensibilidad, temor y preocupación de nuestros ciudadanos.

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