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Captura Pantalla de La Zarzamora |
Señores Autoridades, Señor Fiscal Nacional, Ministerio Público, Juzgado de Garantía, Instituto Nacional de DD.HH, junto con saludar me presento mi nombre es Nelly Olga Muñoz Bustamante R.U.T 13.206.685-K Domiciliada en Cauquenes, Vll Región del Maule, Alonso de Reinoso #147, Los Conquistadores, Fono: 9-34320771. Necesito su ayuda y poder contar mi historia:
En Cauquenes a 23 de enero
del presente año, mi hijo Erick Gerardo Apablaza Muñoz, me pide el favor de ir
a dejarlo un par de cuadras más allá de nuestro domicilio, ya que, este le
habría prestado su vehículo a un amigo el cual quedo de regresarlo a una hora
estimada, mi hijo al ver que este sujeto demoraba en regresar con el vehículo
me pide por favor que lo acerque al domicilio de Pablo Vega alias “Papas Lays”, el cual permanece con
arresto domiciliario total, para así poder retirar su automóvil para guardarlo
en nuestro domicilio, luego de yo negarme acompañarlo el me insiste, por lo
que, termino cediendo y lo acompaño, dejo a mi hijo en el domicilio del sujeto
antes mencionado para que el regrese a casa con su vehículo, a lo que, Pablo le
dice que vayan a la bencinera a echarle combustible para así entregarle el
vehículo en condiciones, momentos en los que ambos concurren a la bencinera y
Carabineros de Chile, se percata que el automóvil era conducido por Pablo,
momento en que se da inicio a una persecución ya que este sujeto estaría
cometiendo una infracción y quebrantando su arresto total. Pablo se da cuenta
que ya el vehículo no da abasto para seguir conduciéndolo ya que este se
encontraba falto de combustible, momento en el cual, detiene el vehículo en
medio de la carretera y se da a la fuga, es aquí donde empieza lo peor que me
pudo pasar como madre, mi hijo no corrió la misma suerte que Pablo de poder
llegar a su casa y estar con su familia, a mi hijo en ese momento lo toman
detenido y le realizan la alcoholemia sin el haber ido manejando el vehículo,
encontrándole un 0.47° de alcohol en la sangre y cursándole una infracción por
conducir el vehículo en estado de ebriedad, procedimiento mal hecho, ya que, el
que debía ser detenido era el sujeto que se dio a la fuga ya que este conducía
el vehículo . A posterior lo derivan a servicio médico de urgencia para
realizar constatación de lesiones correspondiente a una detención, lo cual no
me consta que se haya realizado ya que a mi hijo lo detienen y cursan la
infracción siendo las 21:50 hrs y la hora de ingreso al Hospital San Juan De
Dios fue a las 22:29 hrs y su hora de egreso fue a las 22:55 hrs, mi pregunta
es: ¿Qué ocurrió en el transcurso de la detención hasta la constatación de
lesiones? Y ¿Por qué su revisión no fue exhaustiva al momento del médico al
realizar toma de signos vitales y radiografías en su brazo, ya que, mi hijo en
todo momento dio a conocer su dolor ya que tendría una herida edematosa y a su
vez eritematosa en su ante brazo? ¿Por qué en su constatación de lesiones hay
un diagnóstico de heridas abrasivas en zona dorsal y torácica de al menos 6 cm
de diámetro, ante brazo y zona nasal y aun así esta aparece como sin lesiones?
¿Por qué a Pablo le sacaron la firma diaria de su arresto en su casa 20 minutos
después de la detención de mi hijo?
Quiero destacar que al
momento de la detención de mi hijo Erick, me recepciono llamado telefónico de
un amigo de mi hijo, el cual, me da aviso de lo que estaba ocurriendo, por lo
que, de inmediato concurro al lugar de los hechos, no encontrando a mi hijo, ni
su automóvil, solo a Carabineros de Chile, quienes al llegar al lugar me dan
aviso de la detención de mi hijo. A posterior me dan aviso que mi hijo ya no se
encontraría en el hospital, en donde consulto si debo llevarle alguna cosa ya
sea ropa o algo para comer o beber y me dicen que le lleve ropa para abrigarse
y un bebestible ya que se encontraría deshidratado, es por esto, que me dirijo
a la 4° Comisaria de Cauquenes, en donde me atiende un Carabinero el cual
desconozco su identidad, al momento de preguntar por mi hijo y si es que lo
puedo ver el Carabinero me dice que no puedo verlo porque este se encontraba en
ese momento en el baño con un fuerte dolor estomacal, pero que me regresará con
tranquilidad a mi domicilio y realizara
llamados con un intervalo de 30 minutos cada llamada para saber del estado de mi
hijo, esto ocurre siendo las 22:50 hrs. Cuando regreso a mi hogar me acuesto y
realice llamadas en las cuales me recalcan que mi hijo se encontraría en mejor
estado, luego de la última llamada realizada , pasan como 30 minutos y
Carabinero de Chile toca la puerta de mi hogar y me dice que por favor los
acompañe que necesitan informarme algo, nunca me imaginé que ese “algo” me
dejaría una marca de por vida irreparable, al momento de hacer ingreso a la 4°
comisaria el Teniente Díaz me informa que mi hijo ha fallecido en los calabozos
, en ese momento no se me permite realizar un reconocimiento de mi hijo, ya que
cuando yo hice ingreso a la comisaria, en el calabozo siendo este el lugar de
los hechos ya se encontraba personal de
SML de Cauquenes. Mis preguntas son: ¿Por qué el fiscal ordena el levantamiento
de un cadáver sin el reconocimiento de su familia? ¿Por qué mi hijo firmo un
acta en donde “NO” está conforme con sus derechos como detenido? ¿Por qué se le
negó a mi hijo contactarse con algún familiar, amigo o su abogado? ¿Por qué mi
hijo me negaron verlo para cerciorarme que se encontraba bien? ¿Por qué nadie
me dio una explicación coherente de lo que había ocurrido? ¿Por qué las cosas
que le fui a dejar anterior a su fallecimiento no se las entregaron y me las devolvió
tal cual yo las deje? ¿Por qué los Carabineros que tomaron el procedimiento aún
no se sabe su identidad? ¿Dónde queda la Ley de Transparencia?
Tengo relatos grabados en
donde el Teniente Díaz afirma que mi hijo llego tan mal de su dolor estomacal
que se los hace saber y se defeco en su ropa interior, la cual, ellos mismos
afirman haberla botado a la basura. ¿Por qué si mi hijo salió bien de la casa
sin dolor sin heridas en su rostro, brazo, tórax y espalda, me lo regresan
muerto? ¿Por qué no lo auxiliaron a la inmediatez si el refería un dolor
estomacal demasiado fuerte? ¿Por qué no lo trasladaron nuevamente al servicio
de salud más cercano? ¿Por qué en cada llamado realizado me hacían creer que mi
hijo se encontraba bien?
Al momento de ser detenido a
mi hijo le vulneraron sus derechos, los derechos que toda persona por
obligación debe tener al momento de una detención. Luego de que Erick
falleciera el 24 de enero en los calabozos de la 4° Comisaria de Cauquenes,
Personal de SML quien realiza una inspección ocular del lugar del suceso y de
mi hijo me informa que a mi hijo lo derivarían a SML de Talca con un sello azul
y que ese sello azul solo lo podía revisar el médico legista de Talca por el hecho de tener la maquinaria
necesaria para realizar la autopsia para saber cuál fue la causal de muerte de
mi hijo. ¿Por qué mi hijo fue trasladado al SML de Talca siendo las 18:00 hrs
del día 24 sin avisarme del traslado? Enterándome por medio de una comitiva de
los DD. HH, si quienes debieron darme aviso era la PDI, quienes, si me dieron
aviso, pero el día 25 de enero siendo cerca de las 08:00 am cuando yo ya iba de
camino a Talca. ¿Por qué luego de realizarle la autopsia nuevamente me negaron
poder ver a mi hijo y poder vestirlo como corresponde según protocolo? ¿Por qué
me entregaron a mi hijo en un cajón sellado donde solo puedo ver su rostro
desfigurado y con lesiones visibles? ¿Por qué al momento de su funeral
Carabineros con todo lo sucedido informa a la funeraria que mi hijo debe ser
escoltado y aun así realizar un despliegue del G.O.P.E Y EL C.O.P afirmando que
el funeral era de alto riesgo si mi hijo no era un Traficante? ¿Por qué hasta
el día de hoy 30 de enero no recibo respuesta de que paso ese día con mi hijo y
se me han cerrado a darme cualquier tipo de respuesta o prueba para esclarecer
los hechos? ¿Por qué el auto de mi hijo apareció chocado en los corrales si en
ningún momento se produjo un accidente automovilístico y a mi hijo lo
detuvieron no estando en su vehículo? ¿Por qué el día 24 de enero aparecen
botadas en el lugar de detención una zapatilla, sus cigarros y encendedor? ¿Por
qué al momento de la detención Carabineros no se encontraba con al menos una
cámara grabando el procedimiento si por ley ellos deben tener como respaldarse?
¿Por qué el vehículo de mi hijo recién hoy al momento que lo iba a retirar de
los corrales me dan aviso que lo tomo la Fiscalía por lo cual no podía hacer
retiro de este hasta ya concluida la investigación? ¿Por qué la autopsia
determina la muerte de mi hijo como no especificada y una espera de 6 a 8 meses
para saber cuál fue la causal de su muerte? ¿Por qué Pablo Vega sigue
cumpliendo arresto total en su domicilio luego de haber quebrantado?
Como madre y como familia
necesitamos respuestas y esclarecer que fue lo sucedido el día 23 en la 4°
Comisaria de Cauquenes, necesitamos justicia después de todo el dolor que nos
causa el fallecimiento de mi hijo aun con ese dolor hemos recibido
atosigamiento por parte de Carabineros de Chile e incluso amenazas por las
diversas publicaciones que se han hecho para pedir justicia. Esperando una
buena acogida me despido con un dolor y unas ganas inmensas de saber la verdad
y que mi hijo pueda descansar tranquilo.
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